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El Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU): Un diagnóstico a tres años de su implementación.

El diagnóstico del IETU a tres años de su implementación, establece la conveniencia de que éste funcione como impuesto mínimo de control del ISR, así como analizar la viabilidad de conservarlo y eliminar ciertos títulos y capítulos de la Ley del ISR.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público | 30 de junio de 2011
De acuerdo con el Artículo Décimo Noveno de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público realizó un estudio que muestra un diagnóstico integral sobre la conveniencia de derogar los Títulos II y IV, Capítulos II y III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a efecto de que el tratamiento impositivo aplicable a los sujetos previstos en dichos títulos y capítulos quede regulado por la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.  Dicho estudio se entregó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados el 30 de junio de 2011.

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