El Estado de Chiapas fue uno de los primeros estados en legislar, especificar y adecuar su Código Penal, entre otras disposiciones importantes, el 3 de abril de 2009. Fue el segundo en el país, después del Distrito Federal (24 de octubre de 2008), y es uno de los 19 que así obraron.
Este diagnóstico, provee de elementos de juicio verificables, tanto estadísticos como socioculturales, que explican la emergencia, presencia, alcance y posible desarrollo futuro de la práctica de la trata de personas, para efectos de explotación sexual, en el Estado de Chiapas.
Chiapas se convierte en un Estado de enganche, destino y paso de víctimas de trata de personas, nacionales y extranjeras, la condición de territorio fronterizo, da a la entidad una posición particular digna de análisis por los procesos sociales y delictivos que ocurren o pasan por los espacios limítrofes entre naciones.