Enviar trimestralmente a la H. Cámara de Diputados por conducto de las Comisiones correspondientes, turnando copia a las Secretaría de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, informes en atención a los Artículos 178 y 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria.