Se inició el periodo para capturar y enviar la información energética —obtenida en el año anterior— por parte de los Usuarios de Patrón de Alto Consumo de energía (UPAC) y de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF) que cuenten con registros relacionados con los UPAC.

La plataforma del Sistema UPAC está disponible en el siguiente enlace https://www.conuee.gob.mx/upacs, y estará abierta del 1 de marzo al 30 de junio de 2024.

En cuanto a los UPAC, se trata de personas físicas o morales cuyas instalaciones tienen un consumo energético que supera cualquiera de los dos criterios siguientes:

  1. Que su consumo anual de electricidad en el año calendario anterior sea mayor a 45 gigawatts hora.
  2. Que su consumo anual de combustibles en el año calendario anterior sea mayor a 100 mil barriles equivalentes de petróleo, excluyendo los combustibles para el transporte (flotas vehiculares).

Por una parte, la información que los UPAC deben proporcionar en el Sistema UPAC, además de tener las características mencionadas, debe contener las medidas implementadas de eficiencia energética y los resultados económicos y energéticos de las medidas de conservación de energía. Los lineamientos y formatos están disponibles en la siguiente liga:

 

Por otra parte, también se publicaron los lineamientos y formatos que deben atender y proporcionar las dependencias y entidades de la APF que cuenten con registros relacionados con los UPAC. Los lineamientos y formatos están disponibles en la siguiente liga:

 

Lo anterior se plantea conforme a los artículos 100 y 101 de la Ley de Transición Energética (LTE)[1], al artículo 30 del Reglamento de la LTE[2] y a las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los criterios para determinar cuándo un usuario cuenta con un patrón de alto consumo de energía, la forma y periodicidad en las que dichos usuarios, dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y empresas productivas del Estado deberán entregar su información al Sistema de Información de Transición Energética a que se refieren los artículos 100 y 101 de la Ley de Transición Energética[3] (DACG UPAC).

En resumen, el ciclo de operación del programa UPAC comprende las siguientes etapas:

  • Enero a febrero: publicación de los Lineamientos UPAC, los Lineamientos para los Sujetos Obligados y la Lista de combustibles 2024.
  • Marzo a junio: captura de información por parte de los UPAC.
  • Abril: taller informativo para los Sujetos Obligados y primera reunión del Grupo de Trabajo UPAC 2024.
  • Junio: cierre del periodo de captura de información.
  • Julio a septiembre: análisis y reporte de la información.

El resultado de cada ciclo del programa se compila en un “Informe de actividades sobre Usuarios de Patrón de Alto Consumo (UPAC)”. En 2022, a partir de la información proporcionada en el Sistema UPAC, se reportaron 515 registros (428 UPAC y 87 no UPAC) y se identificaron 396 instalaciones UPAC con grandes consumos energéticos. Los UPAC informaron que tuvieron un consumo energético de 1,900 PJ, lo que representó 35 % del consumo nacional.

Además, se identificaron medidas de eficiencia energética, con una inversión de 435 millones de pesos y ahorros esperados de 543 millones de pesos. Finalmente, se registró una evolución positiva en la implementación de sistemas de gestión de energía, con 24 instalaciones certificadas, 56 en proceso de implementación y 296 interesadas en iniciar dicha implementación.

Para más información, visita nuestro boletín digital Industria y nuestra página en Internet sobre los UPAC.

Información de contacto:

usuariosupac@conuee.gob.mx

Línea UPAC: 55 3000 1010

 

[1] LTE: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5421295&fecha=24/12/2015#gsc.tab=0.

[2] Reglamento LTE: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5481526&fecha=04/05/2017.

[3] DACG UPAC: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5543937&fecha=15/11/2018#gsc.tab=0.