De acuerdo a los Lineamientos Generales del Sistema de Formación en la Práctica Educativa Comunitaria las funciones y responsabilidades de las y los Educadores Comunitarios (EC) son:

a)     Desarrollar una práctica educativa basada en la pedagogía de la Relación Tutora y la metodología para la reflexión sobre las prácticas de crianza en la etapa de desarrollo de la primera infancia.

b)     Participar en el Colegiado de Aprendizaje Microrregional y en las acciones de formación permanente del Sistema de Formación en la Práctica Educativa Comunitaria, en la modalidad, fecha y horario que el Conafe determine mediante sus ECA.

c)      Realizar la práctica educativa comunitaria en un horario establecido de mutuo acuerdo con la Asociación Promotora de Educación Comunitaria (APEC), preferentemente para los niveles de preescolar, primaria y secundaria cinco días a la semana en un horario mínimo de 4 y hasta 7 horas diariamente; y para el nivel de educación inicial, los encuentros con madres, padres, cuidadores y embarazadas, serán dos sesiones a la semana en un horario mínimo de 2 horas, atendiendo a la disposición de cumplir con los días que marca el calendario vigente del Conafe.

d)     Tener la disposición de desarrollar las capacidades para la polivalencia educativa y la construcción de desafíos de temas de interés individual o interés común.

e)     Continuar sus estudios de bachillerato, licenciatura, posgrado o capacitación laboral de manera paralela o a la conclusión de la práctica educativa.

f)      Solicitar apoyo pedagógico a las y los educadores comunitarios de acompañamiento de la microrregión o región para la mejora permanente de su desempeño.

g)     Participar en la Comunidad de Aprendizaje de la localidad para desarrollar acciones con sus pares y fortalecer sus habilidades académicas y personales a partir de la reflexión y observación de la práctica educativa.

h)     Fomentar los espacios de diálogo, organización y participación auténtica de la APEC para favorecer su autonomía en la toma de decisiones y empoderamiento social.

i)       Promover que las personas de la comunidad junto con el EC, reconozcan las necesidades, particularidades, características y los temas de interés de las niñas, niños, adolescentes, jóvenes y familias.

j)      Las y los EC que atienden las comunidades de migrantes agrícolas, deberán investigar con el responsable del campo agrícola y familias sobre el periodo de estancia para realizar la práctica educativa y los demás procesos formativos.

k)     Las y los EC que brindan la atención educativa a la población circense deberán informar, vía telefónica o correo electrónico por lo menos una vez al mes, a la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en la entidad federativa sobre la ubicación del circo y el desarrollo, logros o problemas relacionado con la práctica educativa.

l)       En caso de ser EC foráneo, conocer ampliamente a la comunidad y en caso de pernoctar permanecer en ella de lunes a viernes (excepto los períodos de formación). Las y los EC que pernocten recibirán alimentación y hospedaje por parte de la comunidad.

m)    Identificar en la evaluación formativa los avances y las particularidades de los estudiantes para reorientar sus procesos de aprendizaje, así como reconocer los aspectos a favorecer en el ámbito educativo y personal, evitando su uso como medio para premiar, castigar o catalogar a los estudiantes.

n)     Realizar la captura y registro en la aplicación móvil del Conafe de las calificaciones y reportes de evaluación de las y los estudiantes.

o)     Para el caso de los niveles de preescolar, primaria y secundaria, entregar de manera electrónica a la Educadora o Educador comunitario de acompañamiento de la microrregión, los documentos que acrediten el número de estudiantes atendidos y la situación pedagógica de cada uno, mediante los instrumentos de seguimiento y evaluación de aprendizajes y sus expedientes.

p)     Para el caso de la primera infancia, los niveles de inicial y preescolar, entregar de manera electrónica a la y el educador comunitario de acompañamiento de la microrregión, los instrumentos de diagnóstico y fin de ciclo, que den cuenta de las prácticas de crianza de las familias que participan en la atención educativa.

q)     Brindar un trato amable, respetuoso y digno que garantice la integridad física y emocional de todas las personas que son atendidos en los servicios educativos, respetando los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes y de todos los integrantes de la comunidad, y en general con toda persona que tenga relación con motivo de la prestación del servicio educativo.

r)      Conocer el protocolo general que orienta la prevención, la detección y actuación ante casos de abuso sexual, acoso escolar y maltrato (ASIAEM).

s)      Brindar información a la APEC sobre los trámites del programa de Becas Benito Juárez para que ésta apoye a la incorporación de las familias de la comunidad, y a otros programas gubernamentales.

t)      Otorgar su aprobación para firmar de manera electrónica los documentos institucionales, tales como convenios, cartas compromiso, recibos de apoyo económico entre otros, así como hacer buen uso de ésta y autorizar la utilización de los datos de validación electrónica que el Conafe disponga para la autenticación de dichos documentos.

u)     Firmar de manera electrónica, junto con la APEC, el formato de recibo establecido por el Conafe de materiales y auxiliares didácticos, material bibliográfico, mobiliario y equipo.

v)     Utilizar los materiales educativos, auxiliares didácticos, textos y herramientas digitales de apoyo proporcionados por el Conafe, y dejarlos bajo resguardo y protección de la comunidad al término de la práctica educativa.

w)    Realizar junto con la APEC y otros educadores comunitarios de la localidad, un inventario o recuento físico de los materiales, auxiliares, mobiliario y equipo al inicio y término del ciclo escolar.

x)     Realizar un diagnóstico del estado que guardan las instalaciones escolares (espacios educativos), identificando las necesidades prioritarias de atención, principalmente las que representan un riesgo para la integridad física de los estudiantes y familias considerando su entorno inmediato a la escuela.

y)     A la conclusión de la práctica educativa de un ciclo escolar realizar una entrega formal a la Presidenta o Presidente de la APEC de los espacios educativos, materiales didácticos, auxiliares, mobiliario y equipo.

Funciones y responsabilidades de las y los Educadores Comunitarios de Acompañamiento microrregional (ECA)

a)     Realiza funciones de planeación, asesoría y acompañamiento académico integral, presencial o en línea con las y los EC de acuerdo al plan de la microrregión y el calendario escolar vigente.

b)     Participa en el proceso de formación intensivo y permanente que establezca la Dirección de Educación Comunitaria para el Bienestar para desarrollar capacidades de asesoría y la atención educativa polivalente.

c)      Organiza, junto con las y los EC, el Colegiado de Aprendizaje Microrregional de acuerdo a los tiempos establecidos por la Dirección de Educación Comunitaria para el Bienestar.

d)     Continúa apropiándose de los principios pedagógicos de la Relación Tutora y reflexionar sobre la propia práctica educativa y del acompañamiento académico.

e)     Visita al menos una comunidad por semana por un periodo mínimo de dos días, para brindar asesoría a las y los EC que brinda el servicio en la comunidad.

f)      Presentar a las y los EC foráneos ante la comunidad y promover las asambleas para la constitución de las Asociaciones Promotoras de la Educación Comunitaria y la formalización de los convenios APEC-Conafe en las localidades de su microrregión.

g)     Comprende y aplica la metodología para la reflexión sobre las prácticas de crianza en los niveles de inicial y preescolar.

h)     Modela la práctica de la Relación Tutora de las y los educadores comunitarios en las visitas que se realicen a las comunidades.

i)       Lee y da seguimiento a la práctica de las y los EC a través de los Registros del Proceso de Tutoría (RPT) de las y los EC.

j)      Asiste al Colegiado de Aprendizaje Regional que le corresponda y entregar a su EC de acompañamiento de la región, de manera electrónica, los reportes y Registros del Proceso de Tutoría.

k)     Invita al Colegiado de Aprendizaje Microrregional a los integrantes de las APEC de las comunidades que conforman la microrregión.

l)       Recibe de manera electrónica de las y los EC de la microrregión los reportes de desarrollo, evaluación y logro de aprendizajes de los estudiantes, cuidadores y mujeres embarazadas.

m)    Atiende temporalmente la práctica educativa de un servicio cuando la o el EC abandone la comunidad o se encuentre en algún impedimento momentáneo y no exista otro EC en la localidad.

n)     Apoya a los EC en la gestión de las redes y comunidades de aprendizaje con los jóvenes y adultos que viven en la localidad.

o)     Desarrolla las capacidades para el diseño de desafíos de temas de interés individual y comunitario y compartir este aprendizaje con las y los EC de su microrregión.

p)     Promueve el desarrollo de proyectos comunitarios y culturales en las comunidades de su microrregión.

q)     Organiza intercambios y encuentros en Relación Tutora e invitar a maestros del sistema regular que convivan con EC en las comunidades.

r)      Otorga su aprobación para firmar de manera electrónica los documentos institucionales, tales como convenios, cartas compromiso, recibos de apoyo económico entre otros, así como hacer buen uso de ésta y autorizar la utilización de los datos de validación electrónica que el Conafe disponga para la autenticación de dichos documentos.

s)      Presenta al EC con la comunidad, instala la mesa directiva y firman el convenio con las APEC.

t)      Continuar sus estudios de bachillerato, licenciatura, posgrado o capacitación laboral de manera paralela o a la conclusión de la práctica educativa.

Funciones y obligaciones de las Educadoras y Educadores Comunitarios de Acompañamiento Regional (ECAR)

a)     Organizar los procesos, acciones, actividades y tareas educativas, pedagógicas, administrativas, operativas y de planeación en una región territorial.

b)     Promover los procesos de captación de aspirantes en las comunidades donde se brinda la Educación Comunitaria para el Bienestar.

c)      Participar en la configuración de las microrregiones de su región a fin de hacer más eficiente el trabajo de acompañamiento de las y los ECA.

d)     Promover, a través del ECA, las asambleas para la constitución de las Asociaciones Promotoras de la Educación Comunitaria en las comunidades donde se brindan la Educación Comunitaria para el Bienestar y formalización de los convenios de las APEC-Conafe en las localidades de su región.

e)     Reconocer y considerar las características sociales, demográficas, culturales, educativas, entre otras de la región donde participará, para considerarlas en las tareas que implique la función.

f)      Coordinar la realización mensual o bimestral de los Colegiados de Aprendizaje Regional los cuales representan un espacio formativo, donde todas y todos las y los ECA comparten sus experiencias derivadas del acompañamiento educativo que han realizado a las y los educadores (EC) de inicial, preescolar, primaria y secundaria de cada microrregión y comunidad.

g)     Promover acciones para la formación permanente y dual de las y los ECA de su región a través de los Colegiados de Aprendizaje, el autoestudio de los temas de interés personal y comunitario, además de la formación académica o capacitación laboral que ofrezca el Sistema Educativo Nacional en los niveles medio superior, superior o posgrado.

h)     Impulsar la autogestión educativa y comunitaria de las integrantes de las comunidades a través del desarrollo de proyectos culturales y acciones en favor del bien común y el bienestar de todas y todos.

i)       Gestionar con autoridades locales, municipales, regionales o estatales apoyos en especie para generar ambientes de aprendizaje para las y los educadores comunitarios de su región.

j)      Participar activamente en Colegiados de Aprendizaje microrregionales y locales (comunitarias) donde aprenda y enseñe a través de la relación tutora, con educadores y demás personas que vivan en las localidades.

k)     Impulsar las acciones académicas y operativas, en favor de la atención educativa de la primera infancia (de 0 a 5 años) en su región, a través de los encuentros entre familias para reflexionar en torno a sus prácticas de crianza.

l)       Atender y proponer soluciones a las situaciones académicas, operativas, administrativas e incluso personales (si está en sus posibilidades) de sus compañeros educadores comunitarios de su región, en un marco de derechos humanos y uso de los principios pedagógicos de la relación tutora.

m)    Reconocer la diversidad de capacidades y habilidades de los educadores comunitarios de su región para acompañar y asesorar su práctica educativa en sus microrregiones.

n)     Gestionar la participación colegiada, colectiva y colaborativa de las personas que laboren o participen en la región de su responsabilidad, en actividades académicas, administrativas y operativas que demande su participación como ECAR en el marco de la Educación Comunitaria para el Bienestar.

o)     Asistir a las acciones de formación inicial y permanente que convoque la Coordinación Territorial o las Oficinas Centrales del Conafe, atendiendo a los horarios, fechas y contenidos programados.

p)     Elaborar un plan de actividades a realizar en la región que tiene asignada, considerando todos los puntos antes señalados. Dicho plan le debe permitir dar seguimiento, acompañar y evaluar lo que ha programado e informar de los avances, logros y desafíos que existen en dicha región.

q)     Otorgar su aprobación para firmar de manera electrónica los documentos institucionales, tales como convenios, cartas compromiso, recibos de apoyo económico entre otros, así como hacer buen uso de ésta y autorizar la utilización de los datos de validación electrónica que el Conafe disponga para la autenticación de dichos documentos.

r)      Continuar sus estudios de bachillerato, licenciatura, posgrado o capacitación laboral de manera paralela o a la conclusión de la práctica educativa.

Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, suspensión cancelación o reintegro de los recursos

Derechos

Al instalarse el servicio educativo las y los beneficiarios tienen derecho a recibir la intervención pedagógica y didáctica, acorde al nivel educativo que corresponde, a través de una figura educativa; el CONAFE dotará de auxiliares didácticos, apoyos al aula y útiles escolares, información oportuna y suficiente sobre el desempeño académico y las condiciones de promoción, acreditación y certificación de las y los estudiantes.

Obligaciones

Las comunidades donde se instalan los servicios educativos deberán procurar mantener la matrícula, disponer un espacio físico en condiciones óptimas para el desarrollo de las actividades educativas, así como participar en las comisiones y actividades de la APEC. Las CT y, en su caso, el OEE, de manera coordinada, deberán formalizar la firma de los convenios con las APEC.

Suspensión

Los servicios sólo podrán suspenderse, de manera temporal o definitiva, en caso del incumplimiento de los convenios con las APEC, o en caso fortuito o de fuerza mayor. El personal de la CT notificará a la Autoridad Educativa Estatal mediante el formato CCT-NM el movimiento de clausura de la CCT. La solicitud de suspensión de los servicios educativos tendrá que realizarse expresamente mediante escrito libre dirigido a las CT, señalando los motivos.

Para la suspensión de los servicios de educación comunitaria la figura educativa con conocimiento de esta solicitud le informará al personal de la CT la causa probable de suspensión o cancelación, para realizar una asamblea con la APEC, según sea el caso, y levantará minuta de acuerdos en donde se especifica las circunstancias, fecha y hechos de suspensión o cancelación del servicio educativo. Dicha información constará en la CT. Los plazos de presentación serán de 15 días hábiles y el plazo de prevención será de 10 días hábiles.

Las gestiones para reanudar la operación del servicio las deberá realizar la r la comunidad de acuerdo con lo descrito en el numeral 3.3.1. Requisitos de las presentes Reglas de Operación.