Requisitos:

  1. Pasaporte o documento de identidad y viaje vigente.
  2. Una fotografía.
  3. Ser nacional del país o acreditar legal estancia en el país en el que se presente la solicitud de visa.
  4. Cubrir el pago de derechos correspondientes en la forma y cantidad que señale la Ley Federal de Derechos.
  5. Presentar los  documentos que acrediten alguno de los siguientes supuestos:
  • a)  Solvencia económica.
  • b)  Realización de investigación científica en aguas jurisdiccionales.
  • c)  Carta responsiva.
  • d)  Vínculo familiar (padres, hijos menores de edad, cónyuges, concubinos, hijastros menores de edad) con mexicano o persona extranjera que cuente con la condición de Residente Temporal o titular de visa de Residencia Temporal.
  • e)  Cuenta con bienes inmuebles en territorio nacional.
  • f)   Cuenta con inversiones en territorio nacional.
  • g) Al amparo de un instrumento jurídico internacional de movilidad de personas.

MUY IMPORTANTE:

  1. Este tipo de visa puede solicitarse directamente en cualquier representación consular de México y le permite al extranjero trabajar en nuestro país, siempre y cuando el salario que perciba sea pagado en el extranjero.
  2. En caso de contar con una oferta de empleo en México y recibir su salario en territorio nacional, la empresa o persona física deberá gestionar directamente ante el Instituto Nacional de Migración la autorización para la expedición de visa del extranjero.

NOTA: En cualquier caso, la persona extranjera deberá tramitar dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio nacional, la tarjeta de residencia que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional.