Respecto a las publicaciones de diversos medios de comunicación y comentarios en redes sociales con motivo del oficio OIC/CI/38/128/071/2023 de la titular del Órgano Interno de Control (OIC) en el Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) con asunto “Recomendación 002/2023”, la Secretaría de la Función Pública precisa lo siguiente:

El Código de Ética de la Administración Pública Federal (CEAPF) es el instrumento que establece los principios, valores, reglas de integridad y compromisos del servicio público que deben ser aplicados por todas las personas servidoras públicas del Gobierno Federal, a fin de propiciar ambientes laborales adecuados y fomentar su actuación ética y responsable.

A la altura de lo reconocido por las convenciones y tratados internacionales, una de las principales características del CEAPF es que enfatiza que el respeto a los Derechos Humanos es principio y eje fundamental del servicio público, asimismo, busca garantizar la dignidad de todas las personas.

En ese sentido, reitera que uno de los derechos de todas las personas es no ser sujeto de violencia o arbitrariedades. En la fracción I del artículo 5 establece la obligatoriedad para las personas servidoras públicas de respetar y proteger los Derechos Humanos, como la libertad de expresión.

El oficio de la titular del OIC en el CIDE se generó como una consulta específica de las autoridades de la institución acerca de cuáles son las guías que, como personas servidoras públicas, deben seguirse en el manejo de redes sociales.

La recomendación fue recordar que el artículo 18 del CEAPF establece los compromisos que las personas servidoras públicas deben asumir para implementar los principios, valores y reglas de integridad.

Dichos compromisos no buscan restringir la libertad de expresión; por el contrario, se orientan a garantizar dicho derecho y, a su vez, que las personas que laboran en la Administración Pública Federal respeten todos los Derechos Humanos.

La Secretaría de la Función Pública reitera su compromiso con promover un ejercicio del servicio público que respete los Derechos Humanos como uno de los principios constitucionales y legales, al igual que los de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad, Eficiencia, Eficacia y Transparencia.