Índice de Expedientes Clasificados como Reservados.

La Ley General establece que cada área de los sujetos obligados elaborarán un índice de los expedientes clasificados como reservados por área responsable de la información y tema.

Secretaría de la Función Pública | 23 de septiembre de 2022

El Índice de Expedientes Clasificados como Reservados deberá elaborarse semestralmente y publicarse en formatos abiertos al día siguiente de su elaboración.

Éste deberá indicar el área que generó la información, el nombre del documento, si se trata de una reserva completa o parcial, la fecha en que inicia y finaliza, su justificación, el plazo de reserva y, en su caso, las partes del documento reservadas y si se encuentra en prórroga.

 

En los siguientes vínculos se encuentra un registro de estos expedientes:

 

Documentos


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