• Da a conocer en el DOF el acuerdo que homologa la metodología que deberán aplicar las áreas de auditoría de la Función Pública, los Órganos Internos de Control y las contralorías estatales que fiscalicen recursos federales.
  • El nuevo acuerdo abroga y sustituye las disposiciones anteriores, que eran obsoletas y no garantizaban una revisión eficaz.
  • Establece las acciones que derivan del proceso de fiscalización para la imposición de sanciones a personas servidoras públicas y a particulares.
  • Ciudadaniza las funciones de revisión al reconocer que la información de alertadores de la corrupción y de los informes previos de los testigos sociales debe ser un insumo para la planeación de la fiscalización.

La secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, emitió esta mañana nuevas disposiciones para asegurar un efectivo proceso de fiscalización de los recursos públicos federales, a través del establecimiento de una metodología homogénea para todas las revisiones, con una mayor participación ciudadana y plazos concretos para la formulación de los informes respectivos y el pronunciamiento sobre la atención de las acciones que hayan sido promovidas en la fiscalización.

Así lo plantea el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales para la Realización del Proceso de Fiscalización, publicado  en el Diario Oficial de la Federación: http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5604301&fecha=05/11/2020, las cuales se aplicarán a los procesos, trámites y servicios de la fiscalización de la Función Pública sobre las entidades de la Administración Pública Federal (APF), fideicomisos públicos no paraestatales, entidades federativas, municipales y alcaldías de la Ciudad de México.

La secretaria Sandoval Ballesteros afirmó que en el actual gobierno de México la fiscalización es un factor determinante para prevenir, detectar, sancionar y erradicar la corrupción, y es por ello que “para la Función Pública representa un verdadero ejercicio integral que contribuye al mejoramiento de la gestión pública y de la vida diaria de los ciudadanos”, aseveró.

Las nuevas disposiciones tienen como propósito verificar que los recursos públicos federales se apliquen en apego a los principios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia y honestidad, así como simplificar y mejorar la gestión gubernamental. Asimismo, abrogan y sustituyen el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 12 de julio de 2010, cuyas disposiciones ya eran obsoletas y no garantizaban la eficacia de la fiscalización, expuso la secretaria Sandoval Ballesteros.

El acuerdo homologa la metodología de fiscalización que deberán utilizar las áreas adscritas a la Subsecretaría de Fiscalización y Combate a la Corrupción, encabezada por Roberto Salcedo Aquino, los Órganos Internos de Control (OIC) en la APF y los Órganos de Control Estatal, éstos últimos mediante un acuerdo o convenio para trabajar con la misma técnica.

En virtud de la metodología compartida, el acuerdo logra compilar y actualizar en un solo instrumento jurídico la normativa aplicable en materia de auditorías, visitas, intervenciones de control interno, evaluaciones de políticas públicas, verificaciones de calidad y demás actos de fiscalización que realicen.

Otra de las innovaciones del acuerdo es que ciudadaniza las tareas de revisión de los recursos públicos, al establecer, por primera vez de manera formal, que como parte de los insumos para la planeación de la fiscalización se debe tener en cuenta la información proporcionada por los alertadores internos y las contralorías sociales, así como los informes de los testigos sociales y de las unidades de quejas y denuncias.

También se fortalecieron las disposiciones para verificar el manejo de recursos públicos por parte de funcionarios, además de evaluar los resultados e impedir la discrecionalidad en la administración pública.

Para ello, el acuerdo establece fechas y plazos precisos para la elaboración de los planes anuales de fiscalización y el inicio de éstos; para la presentación de los informes de resultados finales y la entrega de documentos para atender observaciones y recomendaciones, así como acciones, para la imposición de sanciones por faltas administrativas graves y no graves.

También indica los criterios para la elaboración de los informes de irregularidades encontradas y la presentación de denuncias ante las autoridades competentes considerando, de manera prioritaria, las fechas en que se cometieron los actos u omisiones, para evitar su prescripción.

La secretaria Irma Eréndira Sandoval Ballesteros expresó que “en el pasado la acumulación de observaciones sin solventar fue resultado de la pasividad en la fiscalización de la Función Pública en administraciones anteriores. Tenemos que sancionar las irregularidades cometidas y garantizar que hacia delante haya un uso honesto y ordenado de los recursos federales”.

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