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Etiquetado

Preguntas Frecuentes sobre la Certificación Orgánica bajo la Ley de Productos Orgánicos de México

Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria | 25 de mayo de 2020

English Version: Labeling

¿Cómo identificamos a los productos orgánicos certificados bajo la Ley de Productos Orgánicos de México?

La etiqueta de los productos orgánicos certificados por LPO, debe contar con la siguiente información:

  • Número de aprobación (otorgado por la Secretaría) del Organismo de Certificación que lo certificó.
  • Logotipo del Organismo de Certificación que lo certificó.
  • Número de Certificado Orgánico, expedido por un Organismo de Certificación Aprobado por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
  • El Distintivo Nacional de Productos Orgánicos (opcional).
  • El término “Orgánico”, ya sea en la declaración de venta o en la lista de ingredientes.
  • Mención de que el producto se encuentra libre de organismos genéticamente modificados.

Datos adicionales como: datos de contacto y/o número de identificación de Operador Orgánico.

¿El uso Distintivo Nacional es obligatorio?

No, el ACUERDO por el que se dan a conocer los Lineamientos para la Operación Orgánica de las actividades agropecuarias establece que el producto denominado como “orgánico” o “100 % orgánico” puede hacer uso del Distintivo Nacional.

¿Quiénes pueden utilizar el Distintivo Nacional?

De acuerdo con el ACUERDO por el que se da a conocer el Distintivo Nacional de los Productos Orgánicos y se establecen las reglas generales para su uso en el etiquetado de los productos certificados como orgánicos, pueden hacer uso del Distintivo aquellos productos que cumplan con la Ley de Productos Orgánicos, su Reglamento y sus disposiciones aplicables y que además sean producidos en los Estados Unidos Mexicanos, y que soliciten la autorización del uso del Distintivo Nacional, ante el organismo de certificación, pues es a través de estos que se autoriza el uso del citado distintivo.

¿Puede un producto extranjero certificado, identificarse como “orgánico”, “eco” o “bio” en México?

Sólo los productos que cumplan con la Ley de Productos Orgánicos pueden etiquetarse como “orgánicos” o denominaciones similares. En caso de un producto orgánico importado, este deberá provenir de países con los que se tenga un acuerdo de equivalencia. En caso de no ser así, los productos deberán estar certificados por un Organismo de Certificación Orgánica aprobado por la Secretaría.

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