Trámite SEMARNAT-03-030

Información adicional al trámite SEMARNAT-03-030 Aviso sobre la detección de cualquier manifestación o existencia de posibles plagas o enfermedades forestales.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 05 de noviembre de 2015

¿Cuándo se presenta el Aviso sobre la detección de cualquier manifestación o existencia de posibles plagas o enfermedades forestales?
Cuando se detecta la presencia de plagas o enfermedades en áreas forestales es necesario que avises a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para que se tomen las medidas fitosanitarias correspondientes.

¿Qué se entiende por plaga?
Es cualquier especie, raza, biotipo vegetal o animal o agente patógeno dañino que ponga en riesgo los recursos forestales, el medio ambiente, los ecosistemas o sus componentes.

¿Cómo se puede presentar el Aviso sobre la detección de cualquier manifestación o existencia de posibles plagas o enfermedades forestales?
Presencial, en el Espacio de Contacto Ciudadano de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos o de las Delegaciones Federales de la SEMARNAT en las entidades.
Mediante comunicación telefónica a la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos o a la Delegación Federal de la SEMARNAT en su entidad, proporcionando los datos de la persona que avisa, (Nombre, domicilio, CURP, RFC), nombre y ubicación de los predios en donde se encuentre la posible plaga o enfermedad.
Otra forma es el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección contacto.ciudadano@semarnat.gob.mx, proporcionando los datos de la persona que avisa. (Nombre, domicilio, CURP, RFC), nombre y ubicación de los predios en donde se encuentre la posible plaga o enfermedad.

¿Quién se encarga de coordinar las campañas y cuarentenas fitosanitarias?
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales instrumenta y coordina los dispositivos de emergencia para la aplicación inmediata de las medidas fitosanitarias correspondientes, cuando la presencia de plagas o enfermedades ponga en riesgo fitosanitario una o varias especies forestales.
La Secretaría establece, organiza y coordina conjuntamente con la Comisión Nacional Forestal y, en su caso, con las entidades federativas, las campañas y cuarentenas fitosanitarias necesarias para prevenir, combatir, controlar y confinar a las plagas y enfermedades forestales.

¿Quiénes deben presentar este Aviso?
Están obligados a presentar el aviso: los ejidatarios, comuneros y demás propietarios o poseedores de terrenos forestales o preferentemente forestales, así como los titulares de autorizaciones de aprovechamiento de recursos forestales, quienes realicen actividades de forestación o plantaciones forestales comerciales y de reforestación, los prestadores de servicios técnicos forestales responsables de los mismos y los responsables de la administración de las áreas naturales protegidas.
Este aviso también puede ser presentado por el público en general.

¿Qué se hace una vez presentado el Aviso?
La Comisión Nacional Forestal elabora un informe técnico de la condición fitosanitaria para que, en su caso, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales emita la notificación de saneamiento correspondiente.

¿Tiene algún costo este trámite?
No, este trámite es gratuito.

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