Programa Nacional de Remediación de Sitios Contaminados (PNRSC)

Obedece al Artículo 7 fracción primera de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos (LGPGIR, 2003).

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales | 19 de junio de 2018

La Ley señala elaborar dicho programa como una de las facultades de la Federación en materia de remediación de sitios contaminados. Además, el PNRSC cumple con la Línea de acción 5.3.1 del Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales (PROMARNAT 2013-2018).

El PNRSC describe el marco normativo relacionado con sitios contaminados y su remediación, y el diagnóstico de la situación en México donde se explica que es necesario que se: i) actualice el inventario de sitios contaminados para atender lo establecido en la LGPGIR y en los convenios internacionales; (ii) promueva la remediación de sitios contaminados propiedad de particulares, así como que se atienda aquéllos propiedad de entidades federativas y municipios; y (iii) fortalezcan instrumentos normativos para la remediación de sitios contaminados por metales y metaloides o hidrocarburos. Posteriormente se presenta la alineación del PNRSC a las metas nacionales; los Objetivos, Estrategias y Líneas de Acción que se realizarán; los indicadores que se utilizarán para medir el avance en el logro de los objetivos de dicho programa; así como la consulta focalizada que se realizó para conocer la opinión sobre las Estrategias y Líneas de Acción.

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