El Convenio de Estocolmo nace de la preocupación de proteger la salud humana y el medio ambiente de los compuestos orgánicos persistentes.

En mayo de 2001, en Estocolmo, Suecia, un total de 127 países adoptaron un tratado de las Naciones Unidas para prohibir o minimizar el uso de doce de las sustancias tóxicas más utilizadas en el mundo, consideradas causantes de cáncer y defectos congénitos en personas y animales.

El 17 de Mayo del 2004 entró en vigor el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP), y para el cual cada país signatario debe preparar un Plan Nacional de Implementación, mediante el cual se establecen las acciones prioritarias para cumplir con el Convenio. México como país signatario del Convenio presentó su Plan de Nacional de implementación en 2007.

Aunque existen algunas fuentes naturales de COP, la mayor parte de estas sustancias deben su origen a fuentes antropogénicas asociadas con la fabricación, uso y eliminación de determinados productos químicos orgánicos. Algunos de estos compuestos son conocidos plaguicidas (aldrina, clordano, DDT, dieldrina, endrina, heptacloro, mirex, toxafeno, etc.) y se han utilizado extensivamente durante largo tiempo.

En México se inició la regulación y el control intersectorial de riesgos químicos en materia de plaguicidas, fertilizantes y sustancias tóxicas a partir de 1987, año en que se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto para que se establecieran las bases de coordinación entre las Secretarías de Salud (SSA), de Agricultura (actualmente SAGARPA), de Economía (SE) y de Medio Ambiente (actualmente SEMARNAT), que dieran origen a la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas (CICOPLAFES).

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