¿Qué es el RETC? 

Conozca qué es el RETC, qué sectores de la industria y los productos químicos cubre.

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El Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), es un instrumento de política ambiental que difunde anualmente la información sobre las emisiones y transferencias de las Sustancias RETC, listadas en la NOM-165-SEMARNAT-2013, que son generadas por los establecimientos sujetos a reporte conforme al marco legal vigente.

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Instrumentación del RETC en México

A través del RETC se informa a las comunidades qué Sustancia RETC y en qué cantidad es emitida al aire, al agua o al suelo o transferida en los residuos peligrosos y en las descargas de agua al alcantarillado, por las actividades económicas sujetas a reporte, ubicadas en su entorno.

La información del RETC muestra a los responsables de los establecimientos, qué emisiones y/o transferencias son prioritarias, ya sea por su volumen, por las Sustancias RETC contenidas, o por ambos, con el fin de inducir el desarrollo de programas de mejora del desempeño ambiental de la instalación.

Los programas de mejora del desempeño ambiental de las instalaciones pueden ser enfocados para:

  • Reducir la cantidad y/o la toxicidad de las sustancias tóxicas liberadas en las emisiones y transferencias.

  • Incrementar la eficiencia de los procesos y la tasa de conversión de materias primas a productos.

La puesta en marcha de estos programas, y el cumplimiento de sus metas y objetivos, ya sea de manera voluntaria o para dar cumplimiento a requisitos legales, es el camino más directo para reducir las emisiones y transferencias de las Sustancias RETC al ambiente.

OBJETIVO

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Objetivos del RETC

Registrar y difundir las cantidades de Sustancias RETC que las actividades productivas del país emiten al aire, agua, suelo y subsuelo o transfieren para su manejo ambientalmente adecuado, con el fin de:

  • Estimular a la industria a mejorar su actuación en materia de medio ambiente, a innovar sus procesos industriales y actuar de forma responsable para reducir la liberación de contaminantes.

  • Sensibilizar a la opinión pública con respecto al desempeño ambiental de las actividades económicas. 

  • Proporcionar información a las organizaciones no gubernamentales, a las instituciones dedicadas a la investigación, para el desarrollo de estudios orientados a preservar y proteger el medio ambiente; y a los gobiernos Federal, Estatal y Municipal para establecer políticas ambientales orientadas a la reducción de la contaminación generada por las actividades productivas del país. 

Alcance

  • Reporte anual obligatorio por planta o establecimiento, a través de la Cédula de Operación Anual (COA).

  • Registro de 200 Sustancias RETC establecidas en la NOM-165-SEMARNAT-2013 a partir de los umbrales de reporte de manufactura, procesos y otros usos (MPU) y de emisión/transferencia, establecidos para cada sustancia.

  • Cobertura a todos los medios: emisiones en aire, agua, suelo, subsuelo y transferencias al alcantarillado y residuos peligrosos.

  • Reporte de todas las actividades realizadas por los sujetos obligados (industriales, servicios y comercios), sin exenciones.

  • Publicación anual de datos por planta o establecimiento (nombre y ubicación) y cantidad de Sustancia RETC (emisiones y transferencias).

  • De 2004 al 2013, registro de cualquier cantidad de emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero. 

  • A partir del 2014, solo registra las emisiones de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero inferiores a 25,000 toneladas de CO2 equivalente.

¿Qué sectores industriales reportan al RETC?

Los sujetos a reporte al RETC de competencia federal son:

  1. Los establecimientos industriales considerados como Fuentes Fijas de Jurisdicción Federal en el artículo 111 Bis de la LGEEPA:

  • Química

  • Hidrocarburos

  • Pinturas y tintas

  • Automotriz

  • Celulosa y papel

  • Metalúrgica

  • Vidrio

  • Generación de energía eléctrica

  • Asbesto

  • Cementera y cal

  • Tratamiento de residuos peligrosos

2. Los establecimientos que generen 10 toneladas o más al año de residuos peligrosos (grandes generadores).

3. Los establecimientos que descarguen aguas residuales en cuerpos receptores que sean aguas nacionales.

 

¿Qué sustancias se reportan al RETC?
En la Norma Oficial Mexicana NOM-165-SEMARNAT-2013 (http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/DOFsr/DO3231.pdf), se establecen 200 sustancias sujetas a reporte al RETC, las cuales fueron seleccionadas por su capacidad de ocasionar daño al medio ambiente y la salud, con base a sus características de toxicidad, persistencia y bioacumulación, riesgo de ocasionar cáncer y producir mutaciones. Esta Norma considera 200 sustancias con dos tipos de umbrales de reporte: de manufactura, procesos y otros usos (MPU), y de emisión o transferencia, de acuerdo con el potencial de cada sustancia, de causar daño al medio ambiente y a la salud.

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Sustancias incluidas en la NOM-165-SEMARNAT-2013
 

¿Cuál es el marco jurídico del RETC?

Con la publicación de la modificación al artículo 109 bis de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) 

(http://biblioteca.semarnat.gob.mx/janium/Documentos/Ciga/agenda/DOFsr/148.pdf), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2001, el Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), se convierte en un instrumento obligatorio en México. Con ello, los responsables de las fuentes contaminantes están obligadas a proporcionar información a la Federación, los Estados, la Ciudad de México y los Municipios, para que integren el RETC de su competencia.

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A través del Reglamento de la LGEEPA en materia de RETC (http://apps1.semarnat.gob.mx/retc/swcoa/mdfccnretc_oct31_14.pdf), publicado en junio de 2004, y modificado en octubre del 2014, se establecen las condiciones de la administración y operación del Registro, tales como los sujetos obligados, el periodo de reporte, los medios de presentación de la información, la inspección y vigilancia, las reglas para la divulgación de la información ambiental de carácter público, entre otros. 

RETC de América del Norte (TEC-MEC-CCA)

La Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) del Tratado de Libre Comercio de América del Norte publica los informes denominados “En Balance”, que analiza y compara la información de los Registros de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) de Canadá, Estados Unidos y México. 

En el portal En balance en línea (http://www.cec.org/es/herramientas-y-recursos/en-balance/en-balance-en-l%C3%ADnea-contaminaci%C3%B3n-industrial-en-am%C3%A9rica-del-norte) los usuarios pueden explorar datos sobre las emisiones y transferencias de contaminantes registradas por aproximadamente 30,000 establecimientos en América del Norte; generar informes en diversos formatos; crear mapas y visualizarlos utilizando Google Earth; además de analizar los datos RETC en el contexto de otra información, como la ubicación de cuencas hidrográficas y centros de población, a partir de datos geoespaciales pertenecientes al Atlas ambiental de América del Norte de la CCA.

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Cooperación tripartita para el RETC de América del Norte