SEMAR-05-027-A
Autorización para construcción o modificación de embarcaciones y artefactos navales

SEMAR-05-027-B
Seguridad y prevención de la contaminación

SEMAR-05-027-C
Testificación de pruebas, equipos y sistemas
 

¿Para qué sirve el trámite?
Los trámites asignados al Departamento de Inspección Marítima Nacional tienen como propósito atenderlas las solicitudes de Reconocimientos de seguridad y prevención de la contaminación, Manuales y Documentos Técnicos, Dispositivos y Medios de Salvamento, gestionados por navieros mexicanos en forma física o moral.

¿En qué casos se debe presentar el trámite?
Los trámites indicados en la Respuesta 1 deben tramitarse a solicitud del interesado cuando estén por vencer los certificados de seguridad aplicables, se requiera la Autorización de los manuales y Documentos Técnicos exigibles en la normatividad nacional e internacional aplicable, sea necesaria la aprobación de medios y dispositivos de salvamento para su comercialización de embarcaciones y artefactos navales mexicanos.

¿Quién puede solicitar los trámites?
Empresas navieras debidamente constituidas y registradas ante la Autoridad Marítima Competente y personas físicas y morales mostrando el documento idóneo que da fe y certeza ante notario o corredor público.

¿Dónde se realiza el trámite?
En la ventanilla de gestión de la Unidad de Capitanías de Puerto y Asuntos Marítimos y de las Capitanías de Puerto del país.

¿En qué horarios se puede solicitar el trámite?
En los horarios establecidos por las ventanillas de gestión.

¿Qué sucede si me falta algún requisito o este no cumple con la validez suficiente para ser admitido para la autorización del trámite?
El área normativa apercibirá al usuario de la información o documento faltante conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, cumpliendo con el procedimiento administrativo del Sistema de gestión (SIPYMM).

¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud de trámite?
De 30 a 45 días hábiles si el trámite es iniciado en ventanilla de gestión de la UNICAPAM y de 45 a 60 días si el trámite es ingresado en Capitanía de Puerto, en virtud de que el sistema de gestión considera los tiempos de envío. 

¿Qué vigencia tiene la autorización del trámite?
Para la resolución de los Reconocimientos de seguridad y prevención de la contaminación la vigencia de los certificados aplicables a la embarcación es de 1 año o de 5 años con revalidaciones anuales. Para los Manuales y Documentos Técnicos, la autorización no tiene vigencia en tanto no haya modificaciones significativas en la nave. Para los medios y dispositivos de salvamento, las autorizaciones tienen validez de un año para aros salvavidas y canastillas de embarque y desembarque, y de 5 años con revalidaciones anuales para chalecos salvavidas.

¿En dónde puede obtener el formato para la solicitud del trámite?
El formato para solicitud puede ser descargado en la siguiente liga aquí...

¿Hay algún otro modo para adquirir información o aclarar dudas acerca del trámite?
Para cualquier duda o aclaración puede comunicarse al teléfono 0155 56246500 Extensión 6622 o al correo electrónico

unicapam.digaprocer@semar.gob.mx