Para facilitar y agilizar la presentación de tu trámite considera lo siguiente: 

En el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles las sociedades mercantiles podrán llevar a cabo su disolución y liquidación conforme al procedimiento simplificado que se indica en la Ley General de Sociedades Mercantiles

 

¿Quién puede realizar el trámite? 

- Representante legal, accionistas o socios y liquidadores.

 

 

 

¿Qué pasos debo realizar para presentar el trámite?

  1. Ingresa a la página https://psm.economia.gob.mx, elige el apartado "Disolución y liquidación";  donde deberá seleccionarse la opción de “Publica tu estructura accionaria”;
  2. Se agregará la e.firma de la Persona Moral y del Representante Legal;
  3. Posteriormente se desplegarán  "Términos, Condiciones y Política de Privacidad" los cuales deberán leerse cuidadosamente para que al finalizar se elija la opción de “Firmar”;
  4. A continuación se deberá manifestar que el domicilio fiscal de la Persona Moral se encuentra actualizado conforme al registrado en el Servicio de Administración Tributaria;
  5. Después se proporcionarán los datos registrales de la Persona Moral;
  6. En seguida se capturará la “Estructura accionaria de la sociedad” mediante la opción de “Captura manual” o “Adjuntando un archivo”; verificada la información se debe dar clic en “Firmar”.
  7. Una vez que se reciba el mensaje de datos, informando que se cumple con lo dispuesto en el artículo 249 Bis, fracciones IV, V y VII, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se debe ingresar al PSM y seleccionar la opción de “Acuerdo de disolución y liquidación”, agregando la e.firma de la Persona Moral y del Representante Legal;
  8. Se seleccionará al Liquidador entre los socios o accionistas;
  9.  El PSM enviará el acuerdo de disolución y liquidación a los socios o accionistas;
  10. Los socios o accionistas accederán al PSM con su e.firma por medio de la liga proporcionada en el mensaje de datos, seleccionando la opción “Firmar” en los “Términos, Condiciones y Política de Privacidad”, para posteriormente manifestar su voluntad de publicar el acta de disolución y liquidación de la Persona Moral;
  11. Una vez que la totalidad de los socios o accionistas han firmado el acta de disolución y liquidación, el PSM le enviará un mensaje de datos al Liquidador para que realice la publicación;
  12. El PSM notificará que el acta de disolución y liquidación se ha publicado exitosamente y que la misma fue enviada para su inscripción en el Registro Público de Comercio;
  13. Posteriormente el Liquidador deberá ingresar al PSM y seleccionará la opción de publicar el “Balance final”, agregando la e.firma de la Persona Moral y del Liquidador;
  14. El Liquidador publicará el “Balance final” y se cancelará el folio de la sociedad en el Registro Público de Comercio

 

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta a mi trámite?

La respuesta es inmediata.

 

¿Qué ocurre si no presento el trámite?

No podría facilitarse la disolución y liquidación simplificada de las sociedades de manera gratuita, pronta y expedita.

¿Tengo un plazo específico para presentar el trámite?

Los plazos que la legislación mercantil contempla para la realización de estas publicaciones.

 

¿Qué hago si tengo dudas sobre este trámite?

Aquí te presentamos algunas respuestas a dudas frecuentes

En el Sistema Electrónico de Publicaciones de Sociedades Mercantiles las sociedades mercantiles podrán llevar a cabo su disolución y liquidación conforme al procedimiento simplificado que se indica en la Ley General de Sociedades Mercantiles

 

1.- ¿Quiénes pueden ser sujetos al procedimiento simplificado?

Empresas que:

  • Estén conformada exclusivamente por socios o accionistas que sean personas físicas.
  • No tengan un objeto ilícito o ejecuten habitualmente actos ilícitos.
  • Publiquen en el PSM su estructura accionaria vigente por lo menos 15 días hábiles previos a la fecha de la asamblea mediante la cual se acuerde la disolución.
  • No se encuentren realizando operaciones, ni hayan emitido facturas electrónicas durante los últimos dos años.
  • Estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, laborales y de seguridad social.
  • No posean obligaciones pecuniarias con terceros ni se encuentren en concurso mercantil.
  • Sus representantes legales no estén sujetos a procedimientos penales por posibles delitos fiscales o patrimoniales.
  • No sean una entidad integrante del sistema financiero.

 

2.- ¿Tiene algún costo realizar las publicaciones?

Las publicaciones en el PSM se realizan sin costo.

 

3.- ¿En qué días y horarios se encuentra disponible el PSM?

El PSM está disponible las 24 horas del día, todos los días del año.

 

Aquí te presentamos algunos conceptos relevantes sobre el tema

 

Te interesa saber más del tema, visita estos sitios electrónicos:

https://psm.economia.gob.mx

¿Aun tienes dudas?  Comunícate con nosotros por teléfono o correo electrónico.

Rosalía Ortega Esquivel

Jefa de Departamento de Autorizaciones de Correduría Pública

rosalia.ortega@economia.gob.mx

55 5229-6100 ext. 5518