1. El donante debe ser persona física o moral residente en el extranjero.
  2. El donatario debe ser la federación, entidades federativas, municipios, incluso sus órganos desconcentrados u organismos descentralizados, o personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR.
  3. No procede la donación de mercancías cuando:
    • a) Se encuentren sujetas al pago de cuotas compensatorias.
    • b) Las mercancías se encuentren en territorio nacional.
    • c) El donante y el donatario o tercero sea la misma persona.
    • d) El donante sea residente en territorio nacional, o bien, actúe a través de un representante legal en ​México.
    • e) La autorización para recibir donativos deducibles en términos de la ley del ISR, se encuentre suspendida o cancelada, en el caso de las personas morales con fines no lucrativos.
  4. Tratándose de la donación de agua embotellada y comida enlatada, la fecha de caducidad no podrá ser menor de 3 meses, considerando la fecha de su internación al país.
  5. Todos los formatos y documentación requerida para el trámite de la autorización para la importación de mercancías donadas al fisco federal debe encontrarse en español.