+ Tres funcionarios de la APILAC desacatan el mandamiento y se oponen a visita de inspectores federales.

+  PROFEPA solicitará la investigación y deslinde de responsabilidades administrativas y penales de los servidores públicos que obstaculizaron las acciones de verificación.

+ La sanción puede ser una multa de 1.5 millones de pesos a cada funcionario por impedir la acción de la justicia.

La diligencia fue practicada por inspectores federales, quienes se constituyeron en las oficinas de la APILAC, en la cual acreditaron el motivo de su presencia con la documentación que daba sustento legal al acto a realizarse.

Por parte de Administración Portuaria participaron tres servidores públicos, quienes se ostentaron como Subgerente de Construcción y Mantenimiento, así como Subgerente de Operaciones de la APILAC. Participó una cuarta persona, quien realizó diversas manifestaciones junto con los inspeccionados.

Los funcionarios de la Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas se negaron a que la diligencia del personal actuante de la PROFEPA se llevara a cabo, con lo cual la autoridad se vio obstaculizada para verificar si la APILAC cumple o no la ley, o si algún delito contra el ambiente se ha cometido en sus instalaciones.

La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, prevé que las personas encargadas de atender una diligencia estarán obligadas a permitir al personal autorizado el acceso al lugar o lugares sujetos a inspección, en los términos previstos en la orden escrita que sea emitida por la PROFEPA, así como a proporcionar toda clase de información que conduzca a la verificación del cumplimiento de la Ley.

Asimismo, establece que la Procuraduría podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública para efectuar la visita de inspección, cuando alguna o algunas personas obstaculicen o se opongan a la práctica de la diligencia, independientemente de las sanciones a que haya lugar.

La Ley General de Desarrollo Forestal prevé que obstaculizar al personal autorizado para la realización de visitas de inspección, constituye una condición que le permite a la PROFEPA iniciar procedimientos en contra de los funcionarios de la APILAC que intervinieron en la diligencia, pudiendo imponer sanciones equivalentes a un millón 500 mil pesos, a cada una de las personas que resistieron las diligencias ambientales.

Asimismo, la Procuraduría solicitará la investigación penal por el delito de desobediencia y resistencia de un mandato legítimo de la autoridad, y la responsabilidad administrativa adicional que pudiera derivar a las personas y funcionarios que intervinieron.

0 0 0 0 0 0 0 0

BP/487-17

Ciudad de México, a 21 de Mayo de 2017