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Posicionamiento relacionado con la no tolerancia a los actos de corrupción

Posicionamiento relacionado con la no tolerancia a los actos de corrupción

Procuraduria Federal de Proteccion al Ambiente | 14 de agosto de 2023
No tolerancia a los actos de corrupción No tolerancia a los actos de corrupción

POSICIONAMIENTO RELACIONADO CON LA NO TOLERANCIA A LOS ACTOS DE CORRUPCIÓN

 

Julio 2023

Introducción

 

Con el firme propósito de combatir y erradicar la corrupción en el Gobierno Federal y fortalecer el comportamiento ético de las personas servidoras públicas, con relación a los artículos 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y al artículo 5 de la Ley General del Sistema Anticorrupción, las personas servidoras públicas de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) entenderán por corrupción al abuso de cualquier posición de poder, público o privado, con el objetivo de generar un beneficio indebido a costa del bienestar colectivo o individual, en términos del segundo párrafo del numeral 5 del Programa Nacional de Combate a la Corrupción y a la Impunidad, y de Mejora de la Gestión Pública 2019-2024 y del artículo 3, fracción IV del Código de Ética de la Administración Pública Federal; asimismo, de forma enunciativa  mas no limitativa las prácticas de corrupción que pueden presentarse son: cohecho, peculado, desvío de recursos, utilización indebida de la información, abuso de funciones, actuación bajo conflictos de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de interés, tráfico de influencias y nepotismo.

 

Desarrollo

 

Considerando que para erradicar la corrupción, el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2019, establece el Eje General 1 “Política y Gobierno”, erradicar la corrupción del sector público y la regeneración ética de las instituciones, siendo esta última la intención ejemplificante de un ejercicio de gobierno austero, honesto, transparente, incluyente, respetuoso de las libertades, apegado a derecho y sensible a las necesidades de las personas más vulnerables.

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente en armonía con los principios, valores, reglas de integridad y compromisos que guían el servicio de las personas servidoras públicas, tiene el firme compromiso de que estas desempeñen su empleo, cargo o comisión sin importar su tipo de contratación, con honestidad, transparencia y combatiendo la corrupción.

 

En este tenor, el presente documento constituye una declaración del compromiso Institucional y personal a no incurrir ni participar en actos de corrupción, por lo que exhorto a todas las personas que formamos parte de la PROFEPA: servidoras públicas,  de servicio social, de prácticas profesionales y proveedores, a combatir cualquier práctica de corrupción, rechazando las conductas contrarias al Código de Ética de la Administración Pública Federal y el Código de Conducta de la Procuraduría, actuando siempre de acuerdo con los principios que rigen el servicio público: legalidad, objetividad, profesionalismo, honradez, lealtad, imparcialidad, eficiencia, eficacia, equidad, transparencia, economía, integridad y competencia por mérito.

 

Con el propósito de asegurar que ninguna persona servidora pública pueda beneficiarse del cargo que ostente; lo cual significa un combate total y frontal a las prácticas relacionadas con el desvío de recursos, la concesión de beneficios a terceros a cambio de gratificaciones, la extorsión a personas físicas o morales, el tráfico de influencias, el amiguismo, el compadrazgo, la exención de obligaciones y de trámites y el aprovechamiento del cargo o función para lograr cualquier beneficio personal o de grupo, la corrupción no siempre radica en obtener un beneficio pecunario, sino también, y cada vez de forma más creciente, en acumular poder y privilegios de forma ilegítima.

 

La PROFEPA se compromete a no tolerar la impunidad ante los actos de corrupción, cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información, abuso de funciones, actuación bajo conflictos de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto, tráfico de influencias, encubrimiento y nepotismo. La corrupción tiene un efecto destructivo, ha afectado a la sociedad, socavando la credibilidad en el Estado y las instituciones, minimiza el estado de derecho y propicia inseguridad jurídica, injusticia e incapacidad para garantizar y ejercer derechos fundamentales a plenitud, impidiendo alcanzar los niveles de bienestar a que tiene derecho la población, produciendo efectos negativos.

 

Por ello, como personas servidoras públicas de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente nos comprometemos a desarrollar cada una de nuestras funciones respetando, protegiendo y cumpliendo nuestro compromiso común de abordar eficazmente los retos y aplicar medidas para prevenir y combatir la corrupción; así como, cumplir con nuestro compromiso a la ética pública para prevenir cualquier práctica de corrupción.

 

Para combatir la corrupción, no es suficiente con decir no, hay que erradicarla desde todos sus frentes. Las personas servidoras públicas e integrantes de la sociedad debemos trabajar en coordinación para promover una cultura contra la corrupción, vigilando y denunciando las conductas contrarias a los principios, valores, reglas de integridad y compromisos que rigen el servicio público, por lo que nos comprometemos a hacer del conocimiento y denunciar cualquier acto contrario a la ética pública o de corrupción ante el Comité de Ética de la PROFEPA, el cual conocerá las denuncias presentadas por presuntas vulneraciones al Código de Ética y al Código de Conducta y, de ser el caso, emitirá una determinación en la que podrá manifestar recomendaciones, ante el Órgano Interno de Control en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT),  autoridad al interior de la Dependencia y sus Entidades, encargada de la investigación de denuncias por presuntas faltas administrativas en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y/o ante la Secretaría de la Función Pública, a través de las plataformas del Sistema Integral de Denuncias Ciudadanas (SIDEC) y Ciudadanos Alertadores Internos y Externos de la Corrupción o ante el Ministerio Público.

 

Es de suma importancia señalar que el incurrir en actos de corrupción tiene consecuencias que pueden ser sancionadas en materia administrativa, penal y/o civil, siendo estas sanciones aplicables de conformidad a lo dispuesto en el artículo 109 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como al artículo 75 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y los Códigos Penales en materia local y federal, entre las consecuencias se encuentran:

 

  1. Suspensión del empleo, cargo o comisión.
  2. Destitución del empleo, cargo o comisión.
  3. Sanción económica.
  4. Inhabilitación temporal para desempeñar funciones, empleos, cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público.

 

Por lo anterior, a efecto de combatir y erradicar las prácticas de corrupción, se establecen las acciones o compromisos siguientes:

 

  1. Cumplir con la Declaración patrimonial y de posible conflicto de interés.
  2. Observar en todo momento el Protocolo de actuación en materia de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios.
  3. Aplicar la guía para la identificación y gestión de Conflictos de Interés, a fin de evitarlos o en su caso, atenderlos.
  4. Capacitarse y sensibilizarse en materia de ética pública, integridad, anticorrupción y transparencia.
  5. Difusión interna de la Plataforma Ciudadanos Alertadores y Externos de la Corrupción
  6. Establecer mecanismos que permitan identificar las malas prácticas, como canales de denuncias, auditorías, investigaciones y controles periódicos.

 

Con fundamento en los artículos 17, 18, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; el artículo 43, fracción XLIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el artículo 20 fracción IV, del Código de Ética de la Administración Pública Federal como Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, emito el Posicionamiento relacionado con la No Tolerancia a los Actos de Corrupción el trece de julio de dos mil veintitrés en la Ciudad de México.

 

Blanca Alicia Mendoza Vera

Titular de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

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