La Agencia Nacional de Aduanas de México constituirá un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dotado de autonomía técnica, operativa, administrativa y de gestión, que tendrá el carácter de autoridad fiscal y aduanera y facultades para emitir resoluciones en el ámbito de su competencia.
El objetivo de la creación de la Agencia es fortalecer el sistema aduanero para garantizar servicios eficientes a la exportación e importación, reforzar la seguridad nacional en los puntos de acceso al país y armonizar los procesos aduaneros y de inspección con los acuerdos internacionales para eliminar barreras comerciales y propiciar el libre comercio.
La nueva Agencia contará con los recursos de los fondos y fideicomisos que se constituyan, las asignaciones que establezca el Presupuesto de Egresos, los ingresos que obtenga por la prestación de servicios y gastos de ejecución, entre otros.
El Titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México será nombrado y removido libremente por el Presidente de la República, a propuesta del Secretario de Hacienda y Crédito Público.
Asimismo, la Agencia Nacional de Aduanas de México contará con las unidades administrativas que se determinen en su Reglamento Interior, de conformidad con las estructuras orgánica y ocupacional que autorice la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Función Pública. De igual forma, se establece que podrá contar con personal que pertenezca o haya pertenecido a las fuerzas armadas, de conformidad con las disposiciones aplicables.
El Decreto entrará en vigor en la fecha en la que inicie la vigencia de las reformas legales que otorguen la competencia que actualmente tiene el Servicio de Administración Tributaria en materia fiscal y aduanera, a la Agencia Nacional.
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