Se le conoce a este nuevo modelo de justicia como sistema acusatorio adversarial esto debido a sus características más importantes:

  1. Acusatorio porque existen dos partes que intervienen en el juicio: una que acusa y otra que se defiende;
  2. Adversarial porque, tanto la acusación como la defensa, se realizan mediante una confrontación de pruebas y argumentos de cada una de las partes. Ambas deben ser escuchadas, comentadas, negadas o aclaradas ante un Juez; y,
  3. Oral porque, a diferencia del sistema anterior, el juicio se realiza mediante un debate oral frente a un Juez que debe estar siempre presente, y no como antes, que era de manera escrita.