Conforme al artículo 18 del Estatuto Orgánico del ISSFAM, la Dirección de Prestaciones Sociales y de Salud tiene las siguientes funciones y facultades:
Objetivo
Dirigir las actividades inherentes al trámite para otorgar de conformidad a la Ley del ISSFAM y a la normatividad vigente aplicable, las prestaciones y beneficios de carácter social y de salud para los miembros de las fuerzas armadas en activo, en situación de retiro, sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios.
Funciones
- Dirigir el registro y actualización de los derechohabientes del personal militar en activo, situación de retiro y pensionistas afiliados al ISSFAM por las Direcciones Generales de Seguridad Social del Ejército y la Armada, a fin de acreditar la vigencia de derechos que por ley le corresponde.
- Supervisar que se lleve a cabo la revista de supervivencia del personal militar con haber de retiro y pensionistas, con el propósito de comprobar su presencia física y así acreditar la vigencia de derecho.
- Autorizar programas de trabajo social en beneficio de los militares retirados y pensionistas, con el propósito de elevar su calidad de vida.
- Controlar la expedición de la clave única de registro de población (CURP), a los militares retirados, sus derechohabientes, pensionistas y personal que labora en el Instituto, a fin de facilitar los trámites de los mismos.
- Establecer las directivas para la administración del cementerio militar y velatorio militar, con el objeto de otorgar servicios funerarios de conformidad a la normatividad vigente.
- Asegurar que se proporcione orientación a los militares en servicio activo, situación de retiro, pensionistas, derechohabientes y beneficiarios para que realicen sus trámites con apego a la Ley del ISSFAM.
- Verificar que se proporcione información telefónica a los peticionarios, a fin de que conozcan la situación que guardan los trámites solicitados ante este Instituto.
- Establecer mecanismos para difundir las prestaciones y servicios que proporciona el Instituto de conformidad a lo establecido en la ley del ISSFAM al personal que pasa a situación de retiro y sus derechohabientes.
- Proponer el proyecto del convenio de subrogación y dar seguimiento al mismo para proporcionar la atención médica integral a retirados, derechohabientes y pensionistas.
- Supervisar que la prestación del servicio médico integral subrogado, cumpla con las disposiciones legales y acuerdos establecidos entre las secretarías y el ISSFAM.
- Evaluar la calidad del servicio médico integral que se proporciona a los militares retirados, derechohabientes y pensionistas, a través de indicadores de desempeño y gestión a fin de mejorar las prestación de este servicio.
- Coordinar las acciones necesarias para solventar las inconformidades por parte de los militares retirados, derechohabientes y pensionistas, a fin de que reciban una mejor atención médica integral.
- Proponer el presupuesto para el servicio médico integral subrogado después de analizar la información que remiten las secretarías de la defensa nacional y de marina, para eficientar la atención médica a los militares retirados, derechohabientes y pensionistas.
- Establecer los procedimientos para asegurar que el servicio de alojamiento, alimentación, atención médica y odontológica y de rehabilitación de la casa hogar para militares retirados, se proporcionen con la debida calidad y eficiencia.
- Autorizar los programas que deberán aplicarse en la casa hogar para que se proporcione al adulto mayor los servicios integrales que les permitan elevar su calidad de vida, autoestima y salud, conforme a lo establecido en las normas.
- Proponer la administración del presupuesto de la casa hogar, mediante la elaboración y presentación del anteproyecto correspondiente y la determinación del destino de las partidas presupuestales para obtener la mejor operación de la misma.
- Establecer las normas de funcionamiento del grupo interdisciplinario para la toma de decisiones de la operación de la Casa Hogar para militares retirados.
- Proponer la administración del presupuesto y supervisar el ejercicio del gasto para que se materialice la prestación de canastillas, que se proporcionarán al personal militar femenino y la esposa o la concubina al nacimiento del infante, conforme lo establece la ley del ISSFAM.
- Representar al Director General del ISSFAM en el consejo nacional de salud, para participar en la toma de decisiones de la salud a nivel nacional.
- Proponer las condiciones para establecer convenios con el ISSSTE, para mejorar los servicios de salud de los empleados del ISSFAM.
- Establecer los lineamientos para que se proporcione la atención médica y odontológica de primer nivel que se proporciona al personal que labora en el ISSFAM y se cumpla con las normas de salud establecidas.
- Proponer la administración del presupuesto y supervisar el ejercicio del gasto para proporcionar el servicio médico y dental de primer nivel a los empleados del ISSFAM.
- Dirigir programas de saneamiento e higiene en el Instituto, con el objeto de conservar la salud de los empleados del ISSFAM.