¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
No es necesario.
¿La solicitud del Seguro Colectivo de Retiro tiene una vigencia?
La vigencia para solicitar el beneficio será de 2 años y contará a partir del fallecimiento del militar, y en el caso de desaparición comprobada, a partir de la emisión de las órdenes de baja del personal que se encontraba en servicio activo y por lo que hace al personal en situación de retiro a partir de que se emite la sentencia definitiva en el juicio de presunción de muerte.
¿Cómo se designan a los beneficiarios del Seguro Colectivo de Retiro?
De acuerdo a lo que establece la Ley del ISSFAM, el personal militar en activo o en situación de retiro, tienen libre albedrio para designar a los beneficiarios que cobrarán el Seguro Colectivo de Retiro, sin importar parentesco alguno, de ahí que el pago de este beneficio no exija la acreditación de vínculo familiar (cónyuge, hijos, padres, etc.).
¿Cuál es la suma asegurada total del Seguro Colectivo de Retiro?
De acuerdo con el Artículo 89 de la Ley del ISSFAM, se toman en cuenta únicamente los años de servicios efectivos y los meses restantes se devolverán únicamente las cuotas que aportaron durante ese periodo, puede hacer un cálculo estimado de su monto consultando el simulador del SECORE en el siguiente link: https://www.gob.mx/issfam/documentos/simulador-de-seguro-colectivo-de-retiro?state=published
¿En dónde se encuentra la última designación de beneficiarios para el Seguro Colectivo de Retiro, emitida por el personal militar?
Las designaciones de beneficiarios se encuentran bajo el resguardo y custodia de la Secretaría a la que se encuentra adscrito el militar, a través de su Dirección General de Seguridad Social Militar de SDN o su homóloga en SEMAR, y una vez que fallece el militar, este Instituto les solicita dicha designación para emitir la resolución procedente.
¿En qué tiempo se pagan las diferencias por el incremento de haberes por el SE.CO.RE.:?
En caso de tener derecho se pagarán en 20 días hábiles.
¿Por qué el ISSFAM le paga directamente a Banjercito, el Seguro Colectivo de Retiro (SE.CO.RE.)?
Cuando el militar solicita CRÉDITO HIPOTECARIO o CREDILIQUIDO ante Banjercito y firma un poder notarial, en el cual una de las clausula establece que al momento que el militar pase a situación de retiro se le deberá de descontar el saldo restante o el total de dichos créditos de su Seguro Colectivo de Retiro.
¿Qué hacer cuando se cancela el cheque de pago del SE.CO.RE.?
Los cheques tienen una vigencia de tres meses a partir de que se expide a nombre del interesado o interesada, asimismo, en caso de que éste sea cancelado se deberá solicitar una reexpedición mediante solicitud debidamente firmada, anexando copia de su identificación oficial vigente (IFE, INE o Pasaporte).
¿En caso de no haber sido designado como beneficiario para el cobro del Seguro Institucional, puedo saber quién si lo fue?
Este Instituto, tiene la obligación de proteger los datos personales bajo su custodia de conformidad a lo establecido en la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados publicada en el D.O.F. el 26 de enero de 2017, motivo por el cual se encuentra imposibilitado de proporcionar información sobre terceros, salvo que esa persona de forma expresa (por escrito) autorice que otra persona los pueda consultar.
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