Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración

Convocatoria para la selección de personas a formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración

Instituto Nacional de Migración | 30 de junio de 2020
Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración

El Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración con fundamento en lo establecido en el artículo 128 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación (Reglamento); 4 y 7 del Acuerdo por el que se define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración (Acuerdo) y Sexto, Octavo, Noveno, Décimo y Décimo Primero de los Lineamientos Internos del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración (Lineamientos), y

CONSIDERANDO

Que en términos del artículo 128 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración contará con un Consejo Ciudadano encargado de formular propuestas, intercambiar opiniones, proponer acciones de coordinación con las entidades federativas y de concertación con organizaciones de la sociedades civil, académica y otros actores relevantes, para lo cual, emitirá sus Lineamientos Internos que contendrán lo relativo a su organización, integración y otras funciones que se estimen pertinentes para su funcionamiento.

Que con fecha 26 de octubre de 2012 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, como órgano de carácter consultivo y de apoyo, cuyo objetivo es emitir opiniones, brindar asesoría y proponer acciones específicas en materia de la gestión de la política migratoria.

Que en el referido Acuerdo se establece que las personas que integran el Consejo Ciudadano serán propuestas por las instituciones u organizaciones interesadas de conformidad con la convocatoria pública que realice el Presidente del Consejo, en la que se establecerá la forma de selección y el plazo para su incorporación, así como que las y los Consejeros permanecerán en su cargo dos años, contados a partir de la fecha en que acepten la invitación, con posibilidades de reelección por un periodo igual.

Que la convocatoria a la que hace referencia el párrafo anterior deberá ser publicada en el portal electrónico del Instituto y, al menos, en un diario de circulación nacional, con treinta días naturales de anticipación al proceso de elección.

Que acorde a lo anterior, y de conformidad con el artículo Octavo de los Lineamientos Internos del Consejo Ciudadano, aprobados por sus miembros en su Segunda Sesión Ordinaria, celebrada el 15 de agosto de 2013, y modificados en su Primera Sesión Ordinaria de fecha 11 de marzo de 2014, que establece que el Presidente del Consejo, a través del Secretario Técnico, realizará una convocatoria pública a las organizaciones, académicos y profesionales vinculados al tema migratorio, así como a la sociedad en general, con el objetivo de hacer del conocimiento común el inicio de cualquier proceso de invitación para participar en el procedimiento de selección de Consejeros.

Que con el objetivo de que la elección emane de un proceso claro, equitativo, abierto a las personas, transparente y participativo y, de que este abone a la construcción de la democracia y al fortalecimiento del Instituto Nacional de Migración, se emite la siguiente:

Para la elección de OCHO (8) Consejeros(as) Ciudadanos(as) del Instituto Nacional de Migración, que formarán parte durante un período de dos años a partir de su incorporación, y con posibilidades de reelegirse por un periodo igual, con ejercicios de cargo honorífico y sin emolumento o contraprestación alguna, conforme a las siguientes:

BASES

PRIMERA.- Esta convocatoria está dirigida a especialistas en temas de derechos de la niñez y de las mujeres, Organizaciones de la Sociedad Civil para la atención a víctimas vinculadas al tema migratorio o que alberguen migrantes, personas que realicen actos humanitarios, de asistencia o de protección a migrantes, miembros de la academia, y Organismos empresariales o profesionales interesados, reconocidos dentro del tema migratorio y Ciudadanos distinguidos que deseen presentar candidaturas de representantes para integrarse al Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración.

SEGUNDA.- Las etapas del procedimiento de selección serán:

1.- Período de publicación de convocatoria en el portal electrónico del Instituto Nacional de Migración http://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/consejo-ciudadano-del-instituto-nacional-de-migracion, y al menos un diario de circulación nacional, con al menos treinta días naturales de anticipación a que inicie el procedimiento de elección al interior del Consejo Ciudadano y presentación de candidaturas. Esta convocatoria se publicará en el portal electrónico a partir del 01 de julio del 2020. Posteriormente, serán recibidas las candidaturas para integrar el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración en el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de julio de 2020.

2.- Período de análisis de la documentación entregada por las personas interesadas en formar parte del Consejo y los demás criterios de elegibilidad publicados en esta convocatoria. Esta etapa se llevará a cabo del 03 al 17 de agosto de 2020.

3.- Período relativo a la evaluación y selección de las candidaturas, misma que en sesión extraordinaria se  evaluarán por parte de las y los miembros del Consejo. Esta etapa se desarrollará del 18 de agosto al 01 de septiembre de 2020.

4.- Período del acto formal de invitación, aceptación y nombramiento del/a (os) nuevo/a(s) Consejero/a(s) que resulte(n) seleccionado/a(s), por parte del Secretario Técnico. Se prevé el desarrollo de esta etapa del 2 de septiembre al 17 de septiembre de 2020.

TERCERA.- La persona interesada en formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, deberá contar con cualquiera de los perfiles que a continuación se señala:

1.- Ser de nacionalidad mexicana.

2.- Ser representante de una organización de la sociedad civil especializada en temas de derechos de la niñez y derechos de las mujeres, vinculadas al tema migratorio, o

3.- Ser académico(a), o

4.- Ser representante de un organismo empresarial o profesional, vinculado al tema migratorio.

En la selección que se efectúe se elegirá solo a una persona por cada uno de los perfiles establecidos en esta base hasta cubrir las ocho (8) vacantes del Consejo a las que se refiere la presente Convocatoria.

CUARTA.- Requisitos que deberán cumplir la persona interesada en ser seleccionada como integrante del Consejo:

1.- No desempeñar cargo, comisión o empleo alguno en el servicio público a nivel federal, estatal o municipal;

2.- No desempeñar cargo o empleo alguno en un partido político, y

3.- Cumplir con uno de los perfiles específicos establecidos en la base tercera de la presente convocatoria.

QUINTA.- La persona interesada para ser considerada candidata a integrar el Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración deberá presentar, como requisitos indispensables, los siguientes documentos:

1.- Carta de intención con una extensión no mayor a una cuartilla, en donde manifieste su voluntad de participar en el proceso de selección y las razones o motivos por las que desea formar parte del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración.

2.- Curriculum Vitae no mayor a tres cuartillas, que refiera claramente la experiencia profesional con la que cuenta en actividades relacionadas con el bienestar de las personas, familias y comunidades migrantes, en particular las propuestas realizadas a instancias de la administración pública o procesos de interlocución con dichas instancias.

3.- Carta aval de la institución que representa no mayor a dos cuartillas, y que dé cuenta de la experiencia institucional en actividades relacionadas con el bienestar de las personas, familias y comunidades migrantes, en particular las propuestas realizadas a instancias de la administración pública o procesos de interlocución con dichas instancias.

4.- Tres (3) cartas con una extensión no mayor a una cuartilla cada una, en la que se exprese la recomendación o se manifieste el apoyo por parte de instituciones no gubernamentales. No se aceptarán cartas de organizaciones que respalden a Consejeros(as) en turno.

En ningún caso se revisarán postulaciones incompletas, en las que falte cualquiera de los documentos establecidos como requisitos en la presente convocatoria, o que cualquiera de ellos no cumpla con las características que se señalan en esta sección.

SEXTA.- Criterios para la selección y elegibilidad del Consejero(a):

1.- Tener probado conocimiento y experiencia en la defensa y promoción de los derechos humanos de las personas, familias y comunidades migrantes.

2.- Contar con reconocida trayectoria en materia de migración y/o en temas vinculados a la migración en México.

3.- Contar con un historial de trabajo propositivo con, por lo menos, una instancia de administración pública relacionada con temas migratorios.

4.- Contar con el tiempo necesario para el cumplimiento de las funciones derivadas de ser parte del Consejo, de acuerdo con lo estipulado en el Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, el Acuerdo por el que se define la estructura, organización y funcionamiento del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración y los Lineamientos Internos del Consejo Ciudadano.

5.- No tener ningún tipo de adscripción a la(s) organización(es) que representa cualquier integrante vigente o saliente del Consejo.

SÉPTIMA.- Métodos de selección de personas Consejeras:

  • El Consejo creará un instrumento técnico donde se viertan las ponderaciones logradas por cada una de las personas aspirantes, mismo que contendrá un espacio para expresar criterios subjetivos de evaluación.
  • La ponderación se realizará respecto de los criterios establecidos en la base sexta de la presente Convocatoria, siendo estos: conocimientos de los derechos humanos de las personas migrantes, experiencia en la defensa y promoción de derechos de personas migrantes, trayectoria en materia de migración y/o temas relacionados, e historial de trabajo propositivo con instancias de la administración pública, en donde la sumatoria de la calificación que se obtenga en total por el cumplimiento de cada uno de los criterios deberá resultar en una calificación de 100 puntos.
  • La ponderación deberá reflejar qué tanto se acerca el o la candidata al perfil, entendiendo que 0 es lo más lejano al perfil y 100 lo más cercano al perfil establecido para resultar seleccionada o seleccionado.
  • Dicho instrumento también contará con un espacio para valorar las cartas de recomendación de apoyo y/o las objeciones que pudieran resultar de alguna candidatura presentada.
  • En caso de ser necesario, el Presidente del Consejo Ciudadano generará un espacio deliberativo para discutir las candidaturas, en las que participarán quienes integran actualmente dicho Consejo.

Cualquier asunto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Presidente del Consejo Ciudadano.

OCTAVA.- Plazos y lugar de recepción de candidaturas:

1.- La recepción de documentos de postulación señalados en la Base Sexta de esta Convocatoria se llevará a cabo del 15 al 31 de julio de 2020, de lunes a viernes, en un horario de 10:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas.

2.- El lugar para la presentación y recepción de documentos físicos es la Secretaría Técnica del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, ubicada en la calle de Homero 1832, Col. Los Morales Polanco, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11510, Ciudad de México, Piso 19.

3.- Los documentos también podrán ser entregados vía correo electrónico a la dirección electrónica del Presidente del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración, presidencia.ccinm@gmail.com, con copia a la Dirección General de Control y Verificación Migratoria  amolinad@inami.gob.mx Únicamente serán consideradas las candidaturas presentadas por correo electrónico que sean recibidas a partir de las 10:00 horas del día 15 de julio  y hasta las 18:00 horas del  31 de julio de 2020.

4.- Una vez recibidas las candidaturas, el Consejo Ciudadano resolverá en un plazo no mayor a 45 días naturales para emitir respuesta respecto de las postulaciones.

Solo se recibirán y concursarán aquellas postulaciones cuyo matasellos o correo electrónico se ciñan a las fechas y horario señalados.

NOVENA.- Los resultados del proceso de selección se darán a conocer en la página electrónica del Instituto Nacional de Migración http://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/consejo-ciudadano-del-instituto-nacional-de-migracion. Únicamente las personas que hayan sido seleccionadas recibirán un oficio del Secretario Técnico del Consejo Ciudadano, en un plazo no mayor a quince (15) días naturales después del periodo relativo a la evaluación y selección, como un acto formal de invitación. La aceptación por parte de las personas seleccionadas e invitadas tendrá que realizarse de manera escrita al Secretario Técnico, con copia al Presidente del Consejo Ciudadano –incluyendo la opción de hacerlo vía correo electrónico.

Transparencia del proceso de selección

En aras de que el proceso de renovación de personas Consejeras cumpla con los más altos estándares de transparencia, el Instituto Nacional de Migración publicará en su portal electrónico: http://www.gob.mx/inm/acciones-y-programas/consejo-ciudadano-del-instituto-nacional-de-migracion toda la información que se genere durante dicho proceso.

Dado en la Ciudad de México, a 01 de julio de 2020.- Presidente del Consejo Ciudadano del Instituto Nacional de Migración. Doctor Rafael Alonso Hernández López.

 

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