Dirección General de Alimentación y Desarrollo Comunitario Ciudad de México, 11 de noviembre 2023

Nota informativa

 

El pasado miércoles 8 de noviembre 2023 la LXV Legislatura Senado de la República como cámara revisora ratificó por unanimidad el proyecto de decreto aprobado en la Cámara de Diputados el 25 de octubre de 2022, donde se establece la prohibición de la distribución y publicidad de alimentos y bebidas con bajo valor nutricional dentro de toda escuela.

Con esta reforma, en la Ley General de Educación se genera la obligación de establecer lineamientos para la preparación, distribución y expendio de alimentos y bebidas preparados, procesadas y a granel dentro de toda escuela -e incluso en sus inmediaciones-.

Establece también la responsabilidad de las autoridades escolares para su aplicación y vigilancia; así como la facultad de las autoridades educativas y sanitarias para vigilar y sancionar el incumplimiento de estas disposiciones -en el ámbito de sus competencias-.

Por otro lado, regula a las cooperativas, los establecimientos de consumo escolar, los comedores y máquinas expendedoras o sus equivalentes, que funcionen con o sin la participación de la comunidad educativa, con el compromiso de fomentar estilos de vida saludables en la alimentación de las y los estudiantes.

Adicionalmente, en términos del artículo 170, fracción XII y 171 fracción I, inciso b) de la Ley General de Educación, se considerarán infracciones de quienes prestan servicios educativos a quienes incumplan estas disposiciones, donde serán acreedores a una multa de mil uno a siete mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

Con esto -y en el marco de la reciente adhesión de nuestro país a la Coalición Global de Alimentos Escolares que se desprende la Cumbre sobre los Sistemas Alimentarios de las Naciones Unidas-, México avanza hacia la reducción del ambiente obeso génico que prevalece en los centros escolares, y que ha provocado que seamos el país número uno en obesidad infantil de acuerdo con cifras de UNICEF.

Si bien, este es un gran y fundamental paso para combatir la malnutrición -al igual que el etiquetado frontal de alimentos de la NOM 051-, debemos continuar fortaleciendo los entornos alimentarios a los que se enfrentan las niñas, niños y adolescentes, y que estos sean libres de conflicto de interés de la industria de los alimentos procesados, ultraprocesados y bebidas azucaradas.

 

La Dirección General de Alimentación у Desarrollo Comunitario del Sistema Nacional DIF

 

Referencias:

Gaceta del Senado. Miércoles 08 de noviembre de 2023 / LXV/3PPO-48-3309/138416. Recuperado de: https://www.senado.gob.mx/65/gaceta_del_senado/documento/138416

Posicionamiento conjunto para proteger el principio del interés superior de la niñez, para gozar de una alimentación saludable, nutritiva, suficiente y de calidad; e incentivar los entornos alimentarios saludables. Recuperado de:

https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/818680/Posicionamiento_-_Conferencia_de_prensa_final.pdf