Con la finalidad de que el Estado atienda su responsabilidad fundamental de proteger, promover y garantizar los derechos humanos fue creado el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. La protección que se otorga por medio de dicho Mecanismo, depende de la decisión conjunta de las autoridades y personas de la sociedad civil que conforman la Junta de Gobierno, procurando la pluralidad en la toma de decisiones y el diseño adecuado de planes de protección conforme al perfil de cada persona beneficiaria.
El Mecanismo:
- Es una instancia Federal,
- Está adscrito a la Secretaría de Gobernación
- Tiene la misión de proteger a personas defensoras de derechos humanos y periodistas que sufren agresiones con motivo de su labor.
Está integrado por:
- JUNTA DE GOBIERNO
- 9 miembros permanentes: Un representante de SEGOB, una de PGR, una de SRE, una de la Oficina del Comisionado Nacional de Seguridad, una de CNDH y 4 del Consejo Consultivo
- 5 invitados permanentes: Un representante de OACNUDH, una de CONAGO, una de la PJF, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República y el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados
- CONSEJO CONSULTIVO: Integrado por 9 personas de la sociedad civil de los cuales 4 forman parte de la Junta de Gobierno. (2 periodistas y 2 personas defensoras de derechos humanos).
- COORDINACIÓN EJECUTIVA NACIONAL
- Unidad de Recepción de Casos y Reacción Rápida
- Unidad de Evaluación de Riesgos
- Unidad de Prevención, Seguimiento y Análisis
¿A quiénes protege el Mecanismo?
De acuerdo a la Ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas
PERIODISTAS
Son las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen.
PERSONAS DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS
Son las personas físicas que actúen individualmente o como integrantes de un grupo, organización o movimiento social, así como personas morales, grupos, organizaciones o movimientos sociales cuya finalidad sea la promoción o defensa de los derechos humanos.