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Código de Ética y Conducta de la Secretaría de Cultura

Publicado en el 2019

Secretaría de Cultura | 22 de julio de 2019

En el Marco del artículo 109 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fracción III, las y los servidores públicos que desempeñan un empleo, cargo o comisión debemos actuar con una conducta que fortalezca los principios de legalidad, honradez, lealtad, imparcialidad y eficiencia; contribuyendo así a la construcción de la nueva ética pública, estableciendo un conjunto de principios, valores y reglas de integridad que orienten a la excelencia. De igual manera la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción prevé como objetivos del Sistema, establecer las bases y políticas para la promoción, fomento y difusión de la cultura de integridad en el servicio público; establecer las acciones permanentes que aseguren la integridad y el comportamiento ético de las personas servidoras públicas, y crear las bases mínimas para que el Estado mexicano establezca políticas eficaces de ética pública y responsabilidad en el servicio público.

La Administración Pública Federal cuenta con un Código de Ética, cuyo objetivo general es regular el quehacer de las y los servidores públicos que la integran, con la finalidad de desempeñar el trabajo encomendado con eficiencia, eficacia, honestidad, apego a la legalidad, vocación de servicio, respeto, equidad, amabilidad, inclusión, tolerancia y no discriminación, tanto en el ambiente laboral como con la ciudadanía en general.

Conforme a lo establecido en el “Acuerdo en el que se emite el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Gobierno Federal”, publicado en el Diario Oficial de la Federación (D.O.F.), el 05 de febrero de 2019, se retoman principios, valores y sus definiciones anexándolos al Código de Conducta de la Institución.

De conformidad con los artículos 5 de la Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción y 6, 7 y 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas se señala que la legalidad, la objetividad, el profesionalismo, la honradez, la lealtad, la imparcialidad, la eficiencia, la eficacia, la equidad, la transparencia, la economía, la integridad y la competencia por mérito son los principios que rigen al servicio público; asimismo, se establece que los entes públicos tienen la obligación de crear y mantener condiciones que permitan la actuación ética y responsable de cada persona servidora pública; es por ello que la Secretaría de Cultura emite su Código de Ética y Conducta.

Conforme a lo establecido en el “ACUERDO por el que se modifica el diverso que tiene por objeto emitir el Código de Ética de los servidores públicos del Gobierno Federal, las Reglas de Integridad para el ejercicio de la función pública, y los Lineamientos generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés”, publicado en el D.O.F., el 22 de agosto de 2017, el Código de Ética y Conducta, le es aplicable tanto a la Secretaría de Cultura, como al Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, ya que este último no cuenta con la estructura orgánica suficiente para conformar su propio Comité.

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