Los Permisionarios de Expendio de gas licuado de petróleo mediante estación de servicio para autoconsumo deberán abstenerse de comercializar, vender o enajenar Gas LP a terceros, o a trasegar Gas LP a cualquier otro vehículo con Equipo de Carburación de Gas LP cuya propiedad o posesión legal no esté bajo su cargo.
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Expendio de gas licuado de petróleo mediante estación de servicio para autoconsumo
El Expendio de gas licuado de petróleo mediante Estación de Servicio para autoconsumo tiene por objeto adquirir y almacenar Gas LP, para su aprovechamiento en vehículos automotores propiedad del permisionario
Comisión Reguladora de Energía | 03 de agosto de 2016
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