Con la actualización de esta norma, se prevé una reducción en el consumo de energía de estos aparatos del orden del 11%, en comparación con las especificaciones de la versión vigente.

La entrada en vigor de las nuevas especificaciones será 120 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación como NOM definitiva.

Cabe señalar que según datos del INEGI, en 2015 aproximadamente el 13% de las viviendas de México contaba con acondicionadores de aire, y la tendencia es que este porcentaje se incremente, particularmente en las más de 200 mil viviendas nuevas que se construyen cada año en zonas de clima cálido.

Entre las modificaciones más relevantes, se incluyó el procedimiento de evaluación de la conformidad (PEC), se cambió la especificación a cumplir de relación de eficiencia energética (REE) por la de relación de eficiencia energética estacional (REEE); lo anterior debido al cambio del método de prueba calorimétrico por el psicrométrico basado en la regulación de AHRI 210/240.

En este sentido, con la actualización de la norma, en la nueva etiqueta de eficiencia se debe declarar el tipo de refrigerante que usan los acondicionadores, con el fin de eliminar gradualmente el R-22 y sustituirlo por otros con menor potencial de afectación a la atmósfera, como pueden ser el R134-A o el R-32, apoyando de esta manera los compromisos ambientales adquiridos por nuestro país en el Protocolo de Montreal.