El Funcionario Enlace de cada una de las DyE, junto con el Coordinador y los Funcionarios Operadores, tienen la obligación de asegurar el registro del PAT del año 2019, de cada uno de sus inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales registrados en el Programa, a más tardar 05 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones, en caso de no haberlo hecho con anterioridad (ver punto 14b de estas Disposiciones).

Esta obligación incluye los inmuebles de oficina y los inmuebles de otros usos.

En los PAT se describirán las medidas de eficiencia energética a corto y mediano plazos, en apego a los criterios establecidos para cada rubro participante. Los criterios para integrar el PAT del año 2019 se podrán consultar en la página de Internet de la Comisión.

Cabe resaltar que las medidas de eficiencia energética se deberán referir a la implementación de mejores prácticas operativas, pueden incluir la instrumentación de un SGEn, así como el desarrollo de proyectos de inversión para la adquisición de tecnología de alta eficiencia energética.

En caso de que un inmueble sea seleccionado por la Comisión para participar en algún proyecto o acción específica para la sustitución o pruebas de equipos eficientes, los Comités deberán apoyar el flujo oportuno de información y las gestiones necesarias para asegurar la implementación exitosa de las actividades.