La operación ejecutiva del Programa estará a cargo de la Comisión, con el apoyo del Grupo de Trabajo.

4.1 La Comisión tendrá las siguientes funciones:

  • Formular, publicar y dar a conocer las Disposiciones correspondientes del Programa;
  • Asignar clave y contraseña de acceso al Sistema APF;
  • Integrar y calcular los resultados para cada rubro participante, a partir de la información registrada en el Sistema APF;
  • Convocar al Grupo de Trabajo del Programa, por lo menos dos veces al año, para informar sobre el Programa;
  • Preparar y enviar a las DyE y a los OIC respectivos, información relevante sobre las obligaciones, avances y resultados del Programa;
  • Promover y concertar la implementación de SGEn en las DyE inscritas al Programa;
  • Emitir los criterios y convocar a un grupo evaluador para la entrega de reconocimientos 2019 a los rubros participantes que hayan demostrado un notable desempeño en la implementación de acciones de eficiencia energética;
  • Enviar a las DyE los resultados del cumplimiento anual de las metas de ahorro de energía del año 2018;
  • Enviar a las DyE las metas de ahorro de energía del año 2019;
  • Emitir los criterios 2019 para la conformación de los Comités, el establecimiento del PAT y los SGEn;
  • Atender solicitudes de asesorías técnicas sobre el Programa y aspectos relacionados con la eficiencia energética y los sistemas de gestión de la energía.

En su caso:

  • Interpretar las Disposiciones para efectos administrativos, cuando existan dudas sobre su aplicación por parte de las DyE;
  • Determinar los rubros participantes que las DyE deberán incluir en el Programa;
  • Participar en reuniones de trabajo con las Secretarías, organismos y demás instancias que se consideren, con el propósito de impulsar el cumplimiento del Programa;
  • Participar en las reuniones de los Comités que determine necesarias;
  • Atender solicitudes de cursos y visitas técnicas en las instalaciones de las DyE participantes;
  • Realizar las revisiones que la propia Comisión considere necesarias respecto de la información registrada en el Sistema APF.

4.2 Grupo de Trabajo

a) Integración

El Grupo de Trabajo del Programa será presidido por el Director General de la Comisión y estará integrado por representantes propietarios de las Secretarías de Economía, de Energía, de la Función Pública, y de Hacienda y Crédito Público, los cuales deberán contar con nivel jerárquico mínimo de Director General Adjunto o su equivalente, y quienes podrán designar a servidores públicos subalternos que los suplan.

b) Funciones

  • Supervisar las actividades del Programa, evaluar sus resultados y proponer mejoras al mismo.
  • Apoyar en la interpretación de las Disposiciones, cuando la Comisión lo solicite.
  • Establecer para las DyE inscritas al Programa, con la participación que corresponda a la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de su competencia, las medidas conducentes para la correcta aplicación de las Disposiciones.

4.3 Comité

a) Actualización del Comité

Las DyE que ya cuenten con su Comité deberán actualizar, con su clave y contraseña, los datos existentes en el Sistema APF en dos ocasiones:

  • A más tardar 05 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones.
  • En el mes de diciembre del presente año

En caso de que las DyE sean de nueva creación o se incorporen al Programa por primera vez, deberán solicitar su clave y contraseña para integrar su Comité, de acuerdo con a los criterios publicados por la Comisión en su página de Internet.

En cualquiera de los casos anteriores, ningún servidor público podrá ostentar más de un cargo dentro de la estructura del Comité.

b) Funciones

  • Conocer el documento de Disposiciones 2019, así como las metas anuales de ahorro de energía, las actividades y obligaciones comprendidas para el Programa en el cual participan.
  • Aprobar el calendario de sesiones del Comité, considerando que se deberán realizar al menos dos sesiones al año.
  • Enviar a la Comisión, en un plazo de 20 días hábiles posteriores a la realización de sus sesiones, la lista de asistencia y la minuta respectiva signada por los asistentes, en formato de documento portátil (PDF) a través del correo electrónico: programa.apf@conuee.gob.mx
  • Facilitar la implementación de las medidas de eficiencia energética necesarias para reducir el consumo de energía eléctrica, térmica y de combustibles de los Rubros participantes.
  • Establecer un sistema de seguimiento, evaluación y control para el cumplimiento de las metas anuales de ahorro de energía.
  • Establecer un sistema de seguimiento, evaluación y control para el cumplimiento de las metas anuales de capacitación.
  • Coordinar, evaluar y dar seguimiento a las propuestas, acciones y proyectos de eficiencia energética en cada Rubro participante.
  • Coordinar el cumplimiento de las metas anuales de ahorro de energía, de capacitación y de las distintas obligaciones contenidas en las Disposiciones.
  • Coordinar la actualización o ratificación de los Funcionarios del Comité dos veces al año, la primera vez a más tardar 05 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones, en caso de no haberlo hecho con anterioridad (ver punto 14b de estas Disposiciones) y la segunda vez durante el mes de diciembre del año en curso. En lo subsecuente, esta actividad deberá realizarse cuando se presente un cambio en la información previamente cargada en el Sistema APF
  • Coordinar la actualización o ratificación en el Sistema APF del Funcionario Operador por cada inmueble, flota vehicular e instalación industrial participante en el Programa al menos una vez al año, la primera vez a más tardar 05 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones, en caso de no haberlo hecho con anterioridad (ver punto 14b de estas Disposiciones). En lo subsecuente, esta actividad deberá realizarse cuando se presente un cambio en la información previamente cargada en el Sistema APF. Cabe señalar que ningún Funcionario Operador podrá estar nombrado en más de un Rubro participante.
  • Coordinar que los Operadores actualicen en el Sistema APF, con su clave y contraseña, la información general y particular de los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales participantes en el Programa, al menos una vez al año, la primera vez a más tardar 05 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones, en caso de no haberlo hecho con anterioridad (ver punto 14b de estas Disposiciones). En lo subsecuente, esta actividad deberá realizarse cuando se presente un cambio en la información previamente cargada en el Sistema APF.
  • Coordinar que los Funcionarios Operadores carguen, a través del Sistema APF, con su clave y contraseña, los PAT 2019, por cada inmueble (de oficina y otros usos), flota vehicular e instalación industrial participante en el Programa, al menos una vez al año, la primera vez a más tardar 05 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las Disposiciones, en caso de no haberlo hecho con anterioridad (ver punto 14b de estas Disposiciones).
  • Dar seguimiento a las observaciones y recomendaciones que la Conuee realice en visitas técnicas, resultados de estudios y otros.

En su caso:

  • Justificar ante la Comisión el incumplimiento de alguna meta u obligación contemplada en el Programa, a más tardar el 31 de marzo de 2020.
  • Coordinar y apoyar el desarrollo e implementación de los SGEn en cada Rubro participante,

y las demás que se consideren necesarias para el ejercicio de las anteriores.