El Protocolo para la prevención, atención y sanción del hostigamiento sexual y el acoso sexual, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 31 de agosto de 2016, tiene como propósito la implementación uniforme, homogénea y efectiva de los procedimientos para prevenir, atender y sancionar el hostigamiento sexual y acoso sexual en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal (APF), y define las instancias de atención de estos casos al interior de dichas instituciones, a saber: Personas Consejeras, Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (CEPCIs), y Órganos Internos de Control (OIC).
La existencia de un protocolo único en la APF contribuye al acceso de las mujeres a la justicia y constituye un mecanismo protector ante conductas no deseadas, así como un elemento disuasivo para quienes eventualmente podrían cometer actos de este tipo, evitando la existencia de diversos mecanismos heterogéneos, que en el pasado atendían parcialmente el problema; con ello, se minimiza el riesgo de que la atención y trato que reciben las presuntas víctimas sea distinto, según la institución en la que ocurran los hechos.
En 2017, los CEPCI registraron 145 denuncias por presuntos casos de hostigamiento sexual o acoso sexual en 51 instituciones de la APF, las cuales fueron recibidas, de acuerdo a la ruta de atención que señala el Protocolo, directamente por la persona consejera, por el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés, o bien, por el OIC.
A continuación puedes consultar y descargar el informe completo.