Objetivo específico:

Dotar de liquidez, para el impulso de la capitalización productiva, mediante apoyos directos, que podrán complementarse con esquemas estratégicos de acompañamiento técnico y vinculación con servicios productivos, en cultivos, regiones, entidades o localidades específicas.

Población objetivo:

Productores de pequeña y mediana escala con predios inscritos en el Padrón, que cultiven caña de azúcar, con superficies de hasta 20 hectáreas en tierras de temporal y de hasta cinco hectáreas en riego.

Apoyos directos y montos máximos

Los apoyos para caña de azúcar serán por productor, con base en lo siguiente:

Cuota de caña de azúcar

Estrato Cuota por productor
Productor de caña de azúcar con hasta 20 hectáreas de temporal o hasta 5 hectáreas de riego $7,300.00 (SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS 00/100 M.N.)

 

De acuerdo al “ANEXO IV. Catálogo de conceptos para el uso del apoyo del programa producción para el bienestar”, de las reglas de operación del programa, el recurso podrá aplicarse en los siguientes rubros: 

Conceptos de apoyo

No.

Conceptos

Clave

Subconcepto

1

Producción

1

Capacitación y asistencia técnica agrícola.

2

Fertilizantes (incluye fertilizantes biológicos).

3

Semilla certificada y/o habilitada.

4

Mejoradores de suelo.

5

Semilla de caña para siembra (Renovación de cepas).

6

Productos de control fitosanitario (incluye productos biológicos).

7

Mano de obra.

8

Yunta, maquinaria, equipo e implementos agrícolas.

9

Pago de servicios y adquisición de combustibles.

10

Adquisición de planta con material genético certificado.

La Unidad Responsable podrá definir otros conceptos o subconceptos para la vinculación del apoyo

Criterios y requisitos de elegibilidad

El productor podrá recibir el apoyo cuando cumpla con los siguientes criterios de elegibilidad:

  1. El expediente del predio esté integrado y resguardado por la ventanilla de atención (físico o digital);
  2. siembre un cultivo elegible (caña de azúcar), en los predios sujetos del apoyo;
  3. en su caso, se actualice en el sistema informático específico para la operación del Programa, el cultivo sembrado, acudiendo a la ventanilla o a través de los medios electrónicos que defina la Unidad Responsable;
  4. se acredite el uso del último apoyo recibido (2019), conforme a lo establecido en la mecánica operativa de estas Reglas de Operación y
  5. este registrado en el Padrón de Productores de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.

Los requisitos para la integración y/o resguardo del expediente son:

a.     Del (los) Predio (s):

i.      Ubicación del predio (georreferencia).

ii.     Documentación que acredite la propiedad o posesión.

b.     Del Propietario y del productor (si es distinto al propietario):

i.      Clave única de registro de población (CURP).

ii.     Identificación oficial vigente (IFE/INE).

iii.    Comprobante de domicilio.

iv.    Carta bajo protesta de decir verdad que sembró o sembrará al menos un cultivo elegible, en los predios sujetos del apoyo (caña de azúcar).

Mecánica operativa

Al productor del predio se le podrá otorgar el apoyo de manera automática, sujeto a suficiencia presupuestaria, si se cumple con lo siguiente:

  1. Que haya recibido el apoyo u operado en el año anterior (2019);
  2. que tenga expediente integrado, conforme se indica en la Fracción II, inciso b, del Artículo 11;
  3. que haya acreditado el uso del último apoyo recibido (2019);
  4. que cuente, preferentemente, con una cuenta bancaria y los datos de la misma, incluida la Cuenta Bancaria Estandarizada (CLABE) registrados en el Programa.
  5. las demás disposiciones que establezca la Unidad Responsable.

Exclusiones

No se destinarán apoyos para los siguientes conceptos:

  1. Compra o renta de tierras;
  2. compra de equipo y maquinaria usada;
  3. compra de cualquier tipo de vehículo;
  4. edificación de uso habitacional;
  5. compra de remolques para uso distinto a las labores agrícolas, y
  6. adquisición de tractores o motocultores que no cuenten con la certificación emitida por el Organismo de Certificación de Implementos y Maquinaria Agrícola (OCIMA).

Apertura y cierre de ventanillas

El periodo de apertura y cierre de ventanillas será del 1º de febrero al 31 de octubre de 2020.

La Unidad Responsable podrá modificar estas fechas o establecer nuevos periodos de acuerdo con las necesidades del Programa, los ciclos productivos o casos de excepción que considere pertinentes, mismos que publicará en la página de la Secretaría.

PARA MAYOR DETALLE DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PRODUCCIÓN PARA EL BIENESTAR: APOYO PARA PRODUCTORES DE CAÑA DE AZÚCAR, SADER EJERCICIO FISCAL 2020, CONSULTA LA SIGUIENTE PÁGINA:

http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5585830&fecha=07/02/2020

Para mayor información favor de marcar a la Dirección General de Operación y Explotación de Padrones (DGOEP) de la Subsecretaría de Autosuficiencia Alimentaria de la SADER, al teléfono  55 3871- 1000 en la extensión 40429, con la Ing. Verónica Huerta Peralta, o en las siguientes extensiones 40425, 40427, 40428, 40432 y 40440.