Nombre del trámite:

Solicitud de autorización para continuar con el trámite de reconocimiento de la condición de refugiado en otra entidad federativa

Homoclave: SGOB-06-002

Dependencia u organismo

Secretaría de Gobernación

Unidad administrativa responsable del trámite

Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados

Dirección de la unidad administrativa responsable

Versalles 49, primer piso, colonia Juárez, código postal 06600, Ciudad de México. Teléfono: 5209 8800, Ext. 30147.

Otras oficinas en donde se puede realizar el trámite

Delegación en Chiapas: 8ª Avenida sur y 4ªponiente, colonia Centro, código postal 30700, Tapachula de Córdova y Ordoñez, Chiapas. Teléfono: 01 962 6425 318.

Delegación en Veracruz: Carretera Costera del Golfo número 180 kilómetro 221, colonia Miguel Alemán, código postal 96000, Acayucan, Veracruz. Teléfono: 01 924 2479 191.

Horarios de atención al público

Lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.

¿Qué efectos tendría la eliminación de este trámite?

Los solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado no tendrían la posibilidad de continuar su trámite en una entidad federativa distinta en la que se inició su solicitud.

Fundamento jurídico que da origen al trámite

Artículo 23 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria

Casos en los que se debe presentar el trámite

¿Quién?

Solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado

¿En qué casos?

Cuando se pretendan continuar su trámite de solicitud en una entidad federativa distinta a aquella en la cual la presentó.

Medio de presentación del trámite

Escrito libre sin importar el idioma o de manera verbal

Datos de información requeridos:

El solicitante de la condición de refugiado, mediante escrito libre dirigido a la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, deberá:

  1. Precisar su nombre.
  2. Solicitar la autorización para continuar con el trámite de la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado en otra entidad federativa distinta a aquella en la cual la presentó.
  3. Exponer las causas en las que funde su petición, así como las pruebas que estime convenientes.

El escrito deberá estar firmado por el interesado.

Monto:

Gratuito.

Documentos que deben anexarse a la solicitud

Pruebas que estime convenientes

Plazos

Plazo máximo de respuesta

3 días hábiles

Fundamento jurídico

Artículo 23 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria

Información adicional

En términos del artículo 24 del Reglamento de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, se considerará que un solicitante abandonó su trámite cuando se traslade, sin la autorización de la Coordinación, a una entidad federativa distinta a aquella en la que hubiese presentado su solicitud.