En relación con el último párrafo del artículo 215 de las Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de Bolsa (Disposiciones) publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004 y sus diversas modificaciones, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, notifica las fechas y plazos en que enviará el oficio mediante el cual dará a conocer a las casas de bolsa los escenarios supervisores que deberán considerar para realizar la evaluación de la suficiencia de capital bajo escenarios supervisores, así como, los términos en que deberán presentar el informe a que se refiere el artículo 216 de las Disposiciones, las cuales se encuentran en la siguiente liga:

Calendario de Evaluación de la suficiencia de capital bajo escenarios supervisores