Las operaciones podrán realizarse con productos elegibles que coticen en bolsas de futuros reconocidas por autoridades competentes mediante la compra y venta de opciones sobre contratos de futuros.

En el caso de coberturas de precios adquiridas a través de FIRA y FND, éstas podrán ser operadas por medio de las corredurías registradas y en los términos que autorice la UR. Se podrá impulsar el desarrollo de mercados de físicos electrónicos de acuerdo con los criterios y mecánica que establezca la UR.

ASERCA, para cubrir riesgos de precios y disminuir costos de operación al erario público, podrá operar coberturas de precios mediante contratos y Operaciones Extrabursátiles Reguladas Over The Counter (OTC) en modalidades simples PUT y CALL, con entidades financieras que por su tamaño representen el menor riesgo de contraparte, previo dictamen técnico que lo justifique.

Asimismo ASERCA podrá realizar coberturas propias cambiarias para proteger el costo del Programa, previo dictamen técnico.

Productos Elegibles

Son los siguientes cultivos básicos y estratégicos: maíz, trigo, soya, sorgo, algodón, café y cualquier otro que determine la UR. En caso de que el producto que se pretenda proteger no cotice en bolsas de futuros reconocidas por autoridades competentes, se podrá tomar la cobertura con otro producto que cotice en bolsas de futuros y sea representativo del movimiento de precios.

Tipos de Coberturas

I.        Modalidad de Coberturas Incorporadas a la AxC. Comprende las modalidades de cobertura para las operaciones comerciales, en las cuales es obligatoria la firma y registro de un contrato de compraventa.

Esquemas de apoyo

Montos máximos

a)   Sólo PUT

Apoyo hasta del 75% del costo de la cobertura.

Las especificaciones del precio, liquidación, el porcentaje de recuperación y los vencimientos se darán a conocer en el Aviso correspondiente.

b)   Sólo CALL

Apoyo hasta del 75% del costo de la cobertura.

Las especificaciones del precio, liquidación, el porcentaje de recuperación y los vencimientos se darán a conocer en el Aviso correspondiente.

 

II.       Modalidad de coberturas no incorporadas a la AxC.- Comprende las modalidades de Cobertura para los casos en que no es obligatoria la firma de un Contrato de compraventa en el esquema de AxC.

Esquemas

Montos máximos

a) Esquema de Cobertura Especial

Esta cobertura podrá migrar a cualquier otra modalidad en términos del Aviso respectivo atendiendo a las condiciones de recuperación que en el mismo se establezcan

El productor o el comprador podrán contratar Opciones PUT o CALL, con un Incentivo hasta del 100% de la Cobertura.

b) Esquema de Pignoración

Los productores podrán adquirir Opciones PUT, con apoyos hasta del 75% del costo de la Cobertura.

Las especificaciones del precio, liquidación, el porcentaje de recuperación y los vencimientos se darán a conocer en el Aviso correspondiente.

c) Esquema de Coberturas Propias

Son las autorizadas y adquiridas por la UR previo dictamen técnico. Pueden transferirse a otra modalidad de conformidad con Aviso respectivo.

La UR cubrirá inicialmente el 100% del precio de la cobertura.

En el Aviso respectivo se definirán los criterios y las aportaciones que habrá de enterar la persona beneficiaria, en caso de ser transferidas. Los contratos que por condiciones de mercado no sean transferidos, serán liquidados por la UR conforme a lo establecido en el instrumento bajo el cual se hubiese celebrado la operación.

Bajo esta modalidad, se podrán realizar coberturas cambiarias y OTC para minimizar el costo de la operación del Programa y previo dictamen técnico.

d) Esquema de Cobertura de Servicios.

Es la que solicita y paga el interesado (Productor o Comprador Directo o Comercializador).

El costo total de la cobertura del contrato de Opciones sobre Futuros (PUT o CALL) es cubierto por el participante sin afectación presupuestal para ASERCA.

El importe de la liquidación será en su totalidad para el participante. El participante deberá expresar y registrar ante ASERCA las coberturas de servicios y esta modalidad no podrá migrar a otra.

 

III.      Modalidad de Cobertura Anticipada. Mediante este esquema, el productor adquiere una cobertura de precios, preferentemente operado en Moneda Nacional, a través de ASERCA o cualquier Instancia Ejecutora autorizada, para lograr condiciones de mercados adecuadas al participante.

El participante cubre el 100% del costo de la misma.

Esta cobertura puede migrar a cualquier otra modalidad de las establecidas en el presente instrumento de acuerdo al esquema  de comercialización que corresponda y ser susceptible de apoyos de conformidad con el Aviso y las condiciones de recuperación que en el mismo se establezcan.

El cobro de los eventuales beneficios de las coberturas se dará a conocer en el Aviso correspondiente.