Se atenderá toda aquella solicitud que sea presentada por escrito a través de correo electrónico u oficio en formato libre, ya sea ante la UV ASA o a través de la autoridad aeronáutica.

De darse el caso, se integrará un grupo de trabajo para la atención de la queja y/o apelación, que se encargará de analizar el contenido y determinará, una vez que sea validada, las acciones a implementar para su atención.

Queda establecido que la UV ASA podrá consultar, cuando corresponda, a la autoridad aeronáutica para precisar la aplicación de criterios específicos, cuando la solicitud se derive de imprecisiones en el marco normativo que regula el quehacer de la unidad.

Se informará oportunamente a la parte interesada sobre los avances y resultado final del análisis de su queja y/o apelación, la cual se atenderá bajo los principios de imparcialidad y confidencialidad.

Para la mejor atención de las quejas y/o apelaciones se sugiere que su presentación sea clara y se haga acompañar, en la medida de lo posible, el soporte documental necesario que le dé sustento y permita al grupo de trabajo tomar una determinación.

El tiempo de respuesta a una situación de queja y/o apelación, será bajo los términos establecidos en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Las solicitudes pueden ser presentadas directamente en las oficinas generales de Aeropuertos y Servicios Auxiliares, en la Gerencia de la Unidad de Verificación o bien, a través del siguiente correo electrónico: uv_asa@asa.gob.mx. 

Vínculo para la DGAC

http://www.asa.gob.mx/es/ASA/DGAC