La arquitectura es uno de los elementos que refleja la narrativa social de un periodo histórico determinado. Por ejemplo, en nuestro país podemos encontrar la arquitectura del México prehispánico, la del periodo colonial, la arquitectura del academicismo o la postrevolucionaria, entre otras que se identifican desde distintas disciplinas.

De esta manera, la arquitectura se construye por un lenguaje espaciotemporal específico en el que cada elemento cuenta con un significado o utilidad que resulta de normas y categorías subyacentes a la sociedad que la produce. Por ello, es valioso analizar el discurso arquitectónico de cada construcción, partiendo de que estas se erigen para satisfacer un pensamiento de determinada época.

Por su magnitud y singularidad, el análisis del inmueble conocido como Palacio Negro de Lecumberri es útil para comprender la arquitectura mexicana de finales del siglo XIX e inicios del XX.

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En un primer momento, se impulsó la creación de un proyecto de penitenciaría para la Ciudad de México en 1850.[1] . El afamado arquitecto español Lorenzo de la Hidalga presentó su “programa paralelo de penitenciarias” en el que realizó un análisis de los sistemas de construcción de penitenciarias y documentó las cualidades y defectos de diversas cárceles en el mundo. A pesar de que con Lorenzo de la Hidalga no se logró concluir el proyecto de la penitenciaria, en 1881 se retomó la decisión de construir y coordinar un espacio de reclusión para la capital del país.

[1] Elisa Barragán García, “El Palacio de Lecumberri y su contexto arquitectónico”, en Lecumberri: Un Palacio lleno de Historia, Archivo General de la Nación, México, 1994, p. 45.

Para argumentar arquitectónicamente la edificación se retomó el sistema penitenciario irlandés diseñado por Walter Croffton. Este sistema se caracteriza por “… la división en cuatro periodos graduales, desde la rigurosa prisión solitaria hasta la libertad preparatoria; [donde] lejos de colocar al preso en una situación siempre igual, invariable y monótona, le permite aspirar, merced a su buena conducta, a una situación mejor y contribuir a su enmienda”[1].

El diseño fue encomendado al maestro Antonio Torres Torrija, quien con influencia del “proyecto penitenciario” del jurista Miguel S. Macedo[2], se basa en la ideología de construcción del filósofo Jeremy Bentham quien a finales del siglo XVIII ingenió el panóptico, arquitectura carcelaria que a partir de un conjunto de técnicas se construye un espacio que permite medir, controlar y corregir a los presos.

El panóptico de Bentham es una edificación que tiene forma de anillo con ventanas desde las cuales se observa el interior del anillo. En el centro se establece una torre de control que está construida de tal forma que dentro de ella se puede observar todo el espacio exterior, y desde afuera es imposible ver a su interior. La periferia de la construcción está dividida en celdas, las cuales tienen dos ventanas, una da la torre y la otra permite la entrada de la luz. La clave del diseño es que posibilita observar y controlar lo que hacen los presos, asimismo, provoca una sensación de permanente vigilancia, aunque no siempre sea el caso.[3]

[1] El Palacio de Lecumberri, Archivo General de la Nación, México, 1990, pp. 17 y 20.

[2] José Luis Coca Muñoz, “El sistema penitenciario mexicano: a un paso del colapso” en IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C., núm. 19, 2007, p. 176. Consultado en https://www.redalyc.org/pdf/2932/293222926010.pdf

[3] Michel Foucault, Vigilar y castigar, Siglo XXI, Buenos Aires, 2003. pp. 184-186.

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La lógica del panóptico radica en que mediante una torre se puede vigilar todos los espacios sin ser visto, si bien, el diseño estaba razonado mediante dos características determinadas: control y observación, da sentido si evocamos al régimen porfirista, el cual se distinguió por ejercer prácticas represivas.

A pesar de que la forma de ejercer el poder mediante este espacio de reclusión se encontraba comprendido en un modelo arquitectónico, su expresión representaba un arquetipo de dispositivo disciplinario de la época, la cual correspondía a la lógica del sistema político que abanderaba Díaz.

Los cambios en la administración de la obra fueron recurrentes entre el general Miguel Quintana, el ingeniero civil Antonio M. Anza y Pauly Jail Buildin Manufacturing Company. En el año 1900 se logró finalizar la construcción de la penitenciaria de la Ciudad de México, mejor conocida como el Palacio Negro de Lecumberri, cuyas paredes desbordan una multitud de historias desencadenas de la vida en el interior de uno de los elementos más representativos del poder disciplinario: el panóptico.

 

Bibliografía:

Coca Muñoz, José Luis, “El sistema penitenciario mexicano: a un paso del colapso” en IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C., núm. 19, 2007, p. 176. Consultado en https://www.redalyc.org/pdf/2932/293222926010.pdf García Ramírez, Sergio, “Lecumberri un palacio lleno de historia” en Boletín del Archivo General de la Nación volumen 4 número 2, AGN, Ciudad de México, 1994.

El Palacio de Lecumberri, Archivo General de la Nación, México, 1990, 70 pp.Archivo General de la Nación, “Lecumberri un palacio lleno de historia”, AGN, Ciudad de México, 1994.

Elisa Barragán García, “El Palacio de Lecumberri y su contexto arquitectónico”, en Lecumberri: Un Palacio lleno de Historia, Archivo General de la Nación, México, 1994, pp. 45-70.

Foucault, Michel, Vigilar y castigar, Siglo XXI, Buenos Aires, 2003. pp. 180-211.

Gobierno del Distrito Federal, Proyecto Penitenciaria, GDF, Ciudad de México, 1885, 162 p.

[1] Elisa Barragán García, “El Palacio de Lecumberri y su contexto arquitectónico”, en Lecumberri: Un Palacio lleno de Historia, Archivo General de la Nación, México, 1994, p. 45.

[2] El Palacio de Lecumberri, Archivo General de la Nación, México, 1990, pp. 17 y 20.

[3] José Luis Coca Muñoz, “El sistema penitenciario mexicano: a un paso del colapso” en IUS. Revista del Instituto de Ciencias Jurídicas de Puebla A.C., núm. 19, 2007, p. 176. Consultado en https://www.redalyc.org/pdf/2932/293222926010.pdf

[4] Michel Foucault, Vigilar y castigar, Siglo XXI, Buenos Aires, 2003. pp. 184-186.