En la semilla de categoría declarada sus características de calidad no son calificadas por la SAGARPA ni por un organismo de certificación acreditado y aprobado para tal efecto; por lo que su calidad (genética, física, fisiológica y fitosanitaria) debe ser informada por el productor o comercializador en la etiqueta comercial del empaque.

Lo anterior, se refiere a que el productor o comercializador decide vender semilla para siembra, declarando bajo propia responsabilidad su calidad.  Situación que ante la Ley Federal de Producción Certificación y Comercio de Semillas está permitido, siempre y cuando, el saco, envase o contenedor de la semilla porte una etiqueta, indicando el nombre del cultivo, género y especie; denominación de la variedad; la leyenda que la define con la categoría declarada; en su caso, el porcentaje de germinación y el contenido de semillas de otras variedades, especies, impurezas y/o materia inerte. 

La semilla declarada, no es significado de mala calidad, es solo una opción para productores y comercializadores de poder declarar la calidad de su propia semilla. En tal caso, se confía en la información proporcionada y se asumen riesgos como que la semilla no pertenezca a la variedad vegetal especificada, cuente con baja germinación o se encuentre con muchas impurezas; o todo lo contrario, puede ser una semilla de muy buena calidad sin problemas de germinación o presencia de impurezas.

Es importante mencionar que ante alguna controversia, la responsabilidad será del productor o comerciante y de quien adquiera la semilla.