SEMAR-05-031-A
Construcción de embarcaciones y artefactos navales.

¿Para qué sirve el tramite?
La construcción de embarcaciones, para autorizar se lleven a cabo de acuerdo a lo indicado en sus proyectos presentados.
¿En qué casos se debe presentar el tramite?
En construcción, cuando se desee llevar a cabo una construcción nueva en territorio nacional.
¿Quién solicita el tramite?
Propietario o represente legal de la compañía propietaria de la embarcación.
¿Qué sucede si me falta algún requisito o este no cumple con la validez suficiente para ser admitido para la autorización del trámite?
Se procede de acuerdo con lo indicado en el artículo 17-A de la ley de procedimiento administrativo, previniendo al usuario con el requisito faltante con un plazo no menor a 5 días hábiles.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud del trámite?
30 días hábiles.
¿Qué vigencia tiene la autorización del trámite?
Permanente a menos que sufra la embarcación alguna modificación.
¿En dónde puede obtener el formato para la solicitud del trámite?
El formato para solicitud puede ser descargada en la siguiente liga aquí...
 

SEMAR-05-031-B
Autorización para construir barcazas sin propulsión
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¿Para qué sirve el tramite?
La modificación de embarcaciones, para autorizar se lleven a cabo de acuerdo a lo indicado en sus proyectos presentados.
¿En qué casos se debe presentar el tramite?
En modificación, cuando se desee llevar a cabo una modificación significativa la cual supere porcentajes de 1% en su centro de gravedad longitudinal y 2% en su desplazamiento en rosca.
¿Quién solicita el tramite?
Propietario o represente legal de la compañía propietaria de la embarcación.
¿Qué sucede si me falta algún requisito o este no cumple con la validez suficiente para ser admitido para la autorización del trámite?
Se procede de acuerdo con lo indicado en el artículo 17-A de la ley de procedimiento administrativo, previniendo al usuario con el requisito faltante con un plazo no menor a 5 días hábiles.
¿Cuánto tiempo tarda en resolverse la solicitud del trámite?
30 días hábiles.
¿Qué vigencia tiene la autorización del trámite?
Permanente a menos que sufra la embarcación alguna modificación.
¿En dónde puede obtener el formato para la solicitud del trámite?
El formato para solicitud puede ser descargada en la siguiente liga aquí...

 

¿Hay algún otro modo para adquirir información o aclarar dudas acerca del trámite?
Para cualquier duda o aclaración puede comunicarse al teléfono 0155 56246500 Extensión 6622 o al correo electrónico unicapam.digaprocer@semar.gob.mx