Lomas de Sotelo, D.F., a 3 de noviembre de 2011.- La Secretaría de la Defensa Nacional, informa a la opinión pública que en el marco de la Estrategia Nacional de Seguridad y a solicitud de los gobiernos estatales, el personal militar intensificó su actuación en el combate al narcotráfico y delincuencia organizada, con el objetivo de preservar la seguridad de las familias mexicanas y coadyuvar con las autoridades en su responsabilidad de garantizar la tranquilidad de sus comunidades. 
 
Esta labor convencida del Ejército Mexicano se ha realizado mediante el despliegue de 45 mil efectivos en todo el territorio nacional, siempre velando por el cumplimiento de la ley, la observancia de los derechos humanos y, en aquellos casos donde se presuma la violación de garantías individuales, el inicio de las averiguaciones para el deslinde de las responsabilidades correspondientes. 
 
En los últimos 5 años, la Secretaría de la Defensa Nacional ha establecido un canal de comunicación constante con el órgano autónomo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), con el propósito y la voluntad de conocer toda aquella conducta que pudiera apartarse de la disciplina militar. En el mismo periodo, 89 quejas han derivado en recomendaciones a esta Secretaría por parte de la CNDH. Es decir sólo el 1.53% del total de las quejas presentadas han resultado con responsabilidad avalada por la citada Comisión Nacional.
 
En este sentido es importante mencionar, que aquellos casos en que se cometen actos contrarios a la disciplina militar, los involucrados son puestos a disposición del Agente del Ministerio Público Militar Competente, quien al encontrarlos probables responsables de los delitos que se les imputan, los consigna a su vez a los Tribunales de Justicia Militar, a fin de que sean procesados conforme a derecho. Los procesados y los afectados cuentan con los plazos y garantías constitucionales del debido proceso, aplicando los términos legales que la Constitución y leyes secundarias establecen para el desahogo de las diligencias necesarias. 
 
Tal es el caso de los hechos suscitados el 1/o. de julio del 2007 a inmediaciones del poblado “La Joya”, municipio de Sinaloa de Leyva, Sin., donde perdieron la vida cinco civiles y resultaron lesionados tres más, que derivó en una de las recomendaciones antes citadas y en el cual el Segundo Consejo de Guerra Ordinario Permanente, establecido en esta plaza, conoció y falló la conducta del personal procesado por tales hechos, el pasado 28 de octubre, sentenciando al personal militar involucrado de la siguiente forma:
 
 
Al oficial comandante responsable a 40 años de prisión, destitución del empleo que actualmente ostenta e inhabilitación por 10 años para volver a pertenecer al Ejército por los delitos de violencia contra las personas causando homicidio calificado, violencia contra las personas causando lesiones calificadas, daño en propiedad ajena y desobediencia.
A otro oficial a 38 años de prisión, destitución del empleo que actualmente ostenta e inhabilitación por 10 años para volver a pertenecer al Ejército por los delitos de violencia contra las personas causando homicidio calificado, violencia contra las personas causando lesiones calificadas.
A 12 elementos de tropa a 16 años de prisión por los delitos de violencia contra las personas causando homicidio y violencia contra las personas causando lesiones.
Un oficial y dos de tropa se encuentran amparados motivo por el cual serán juzgados hasta que se resuelva este medio de impugnación.
 
Es importante señalar que el propio consejo de guerra determinó que dos de tropa fueran absueltos, al no acreditarse su responsabilidad en los citados hechos.
 
Es preciso señalar que esta Secretaría al tener conocimiento de los hechos, determinó el resarcimiento de los daños ocasionados, conforme a lo establecido por la ley respectiva. 
 
A pesar de que los hechos se derivaron de un lamentable error, la justicia militar actuó de manera transparente e imparcial y con el rigor jurídico contemplado en el código de justicia castrense.