1. Normatividad aplicable al trámite.
- Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento.
- Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Disposiciones giradas por la propia Secretaría.
2. Requisitos.
- Solicitud de la persona interesada conforme al formato anexo.
- Fotocopias legibles de los registros de las armas que transportará por cambio de domicilio.
- Fotocopia del comprobante de domicilio, o en su caso comprobante de arrendamiento del lugar donde radicará.
- Fotocopia de Identificación con fotografía (la cual deberá coincidir con el domicilio del registro del arma).
- Fotocopia de la credencial del club al que pertenece o fotocopia del permiso de coleccionista vigente (cuando la transportación sea por más de una arma de fuego y estén registradas para estas modalidades).
Solicitud en formato electrónico.
¿Cuál es el costo de este trámite?
Consulta lista de costos y Hoja de de ayuda para el pago electrónico e5cinco.
Plazo Máximo de resolución: De 15 a 20 días hábiles.
Aplica positiva o negativa ficta: No aplica.
Las excepciones a lo previsto en el Art. 15-A de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, en su caso: Si aplica.
Regresar a licencias, clubes y colecciones.