Aviso importante
Recuerda únicamente podrás ofrecer en donación bienes básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda o salud a instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, antes de proceder a su destrucción, tales como:

  • Asociación Mexicana de Bancos de Alimentos, A.C.
  • Cruz Roja Mexicana, I.A.P.

Para conocer otras instituciones autorizadas para recibir donativos deducibles, consulta el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de enero de 2016.
Conoce los logros de la Cruzada Nacional Sin Hambre.
También puedes consultar las donaciones que realiza el Servicio de Administración y Enajenación de Bienes.
Sistema de avisos de destrucción y donación de mercancías
Los contribuyentes antes de destruir la mercancía que perdió valor deben ofrecerla en donación a donatarias autorizadas asistenciales, de lo contrario no será deducible de sus inventarios.
Para ello el SAT pone a disposición una nueva herramienta informática de acceso público que permite de manera eficiente, ágil y sobre todo transparente en cada etapa de su procedimiento la consulta, registro, y seguimiento sobre deducción por destrucción o donación de mercancías que perdieron valor.

Procedimiento

Contribuyente

Donataria autorizada asistencial

1. Ingresa con tu e.firma (antes firma electrónica)

1. Ingresa con tu e.firma (antes firma electrónica)

2. Ofrece mercancía

2. Solicita mercancía

3. Establece contacto con la donataria autorizada

3. Recoge y recibe la mercancía donada

4. Entrega la mercancía

4. Informa el destino de la mercancía

5. Si cumple requisitos recibe tu factura electrónica 

5. Emite factura electrónica

 Consulta pública de Avisos

Para mayor información consulta las (434 kB) preguntas frecuentes
Información general de Donatarias y donaciones