La violencia de género ha sido y sigue siendo una trasgresión a los derechos humanos de las personas y una de las manifestaciones más visibles de desigualdad y ejercicio de poder. Este tipo de violencia hace referencia a actos dañinos contra una persona o grupo de personas por razón de género, cuyo origen data en la cultura patriarcal que oprime y discrimina no sólo a las mujeres, también a las niñas y personas de la diversidad sexual.

El Hostigamiento Sexual (HS) y el Acoso Sexual (AS) forman parte de la violencia de género, y producen daño o sufrimiento físico, sexual y mental que en ocasiones conlleva a la coacción, la privación de la libertad y la vida por parte del agresor hacia la víctima.

El numeral 6, inciso u), del Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual, define al hostigamiento sexual, como “el ejercicio del poder, en una relación de subordinación real de la víctima frente al agresor en los ámbitos laboral y/o escolar. Se expresa en conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad de connotación lasciva”. Por su parte, el acoso sexual en el mismo numeral inciso a) del citado ordenamiento, lo expresa como “una forma de violencia con connotación lasciva en la que, si bien no existe la subordinación, hay un ejercicio abusivo de poder que conlleva a un estado de indefensión y de riesgo para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos”.

Para resumir lo antes expuesto, el HS y el AS son actos de violencia sexual, consistentes en que una persona agreda a otra mediante señas sexuales, tocamientos, agresiones, espionaje, chantajes, emita represalias, condicione, solicite favores sexuales, exprese piropos o bromas, insinúe, denigre, pregunte aspectos sexuales, difame, humille, exhiba alguna de sus partes íntimas y/o difunda imágenes, fotografías o vídeos, esto conforme al numeral 13. Comportamiento Digno de las Reglas de Integridad para el Ejercicio de la Función Pública.

La prevalencia de casos de hostigamiento sexual y de acoso sexual en México afecta principalmente a las mujeres en comparación a los hombres que también pueden ser víctimas de HS o AS ejercido por alguna persona agresora, sin embargo, poseen una menor cultura de denuncia al recibir este tipo actos.

Las conductas de HS y el AS ejercidos hacia las mujeres están presentes en todos los ámbitos en los que se desempeñan: en el transporte, en la escuela, en el espacio público y en los espacios laborales, este último, se manifiesta en acciones que dañan la autoestima, la salud, la integridad, la libertad, la dignidad y la seguridad, que impiden el derecho al libre desarrollo de la personalidad de las trabajadoras.

En marzo de 2022, a través del comunicado de prensa 143/22, emitido por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), se reveló el porcentaje de los delitos contra las mujeres[1] (273,903), registrados en las investigaciones y carpetas de investigación abiertas y averiguaciones previas iniciadas en 2020, que representaron el 14.8% del total de delitos (1,856,805), entre estos, se encuentran los delitos sexuales: acoso sexual (2.0%), abuso sexual (8.4%), hostigamiento sexual (0.7%) y violación simple/equiparada (6.6%). Lo anterior, manifiesta se ejercieron más conductas de acoso sexual (1.3%) que de hostigamiento sexual.

Aunque es evidente que la problemática de violencia sexual la enfrentan mayoritariamente las mujeres, esto también es una realidad en la Administración Pública Federal. De acuerdo con el Informe Anual de Denuncias 2021[2] la Unidad de Ética Pública y Prevención de Conflictos de Intereses (UEPPCI) proporcionó los datos recopilados de las denuncias registradas por los Comités de Ética y los Órganos Internos de Control para diseñar los gráficos, como a continuación se advierte:

/cms/uploads/image/file/847225/Imagen1.png

En 2021, de las 321 denuncias por hostigamiento o acoso sexuales, presentadas por las presuntas víctimas, correspondieron a 276 mujeres, 11 hombres y en 34 casos no se especificó el sexo[3].

/cms/uploads/image/file/847224/Imagen2.png

Referente al cargo de las personas denunciadas, se encontró que el 43% de los casos no se especificó el cargo de la persona agresora; por lo que respecta a los casos donde sí se especificó esta información el 29% de las denuncias se concentraron en el Personal Operativo, Oficial, Dirección de Área, Personal Médico y Jefaturas de Departamento. El 28% de los casos restantes ocuparon otros cargos[4].

/cms/uploads/image/file/847226/Imagen7.png

/cms/uploads/image/file/847223/Imagen4.png

En virtud de lo anterior, y de la imperiosa necesidad de erradicar las conductas de hostigamiento sexual y acoso sexual en el Servicio Público, el Lcdo. Andrés Manuel López Obrador, Presidente de la República Mexicana, instó al inició de su mandato que, ante la violencia que enfrentan las mujeres, se oferten canales más accesibles para denunciar y, sobre todo se asegure que se tomarán acciones concretas y sanciones contundentes para que no haya impunidad. “Por eso, fortalecimos el Protocolo para la Prevención, Atención y Sanción del Hostigamiento Sexual y el Acosos Sexual. La violencia de género no puede quedar impune”, afirmó.[5]

En ese contexto, para atender las instrucciones del Presidente de la República, el Dr. Pedro Mario Zenteno Santaella, Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), emitió el Pronunciamiento de Cero Tolerancia a las Conductas de Hostigamiento Sexual y Acoso Sexual en el Instituto, para promover, proteger, respetar y garantizar los derechos de las mujeres a espacios libres de violencia.

Asimismo, a través de la Subdirección de Atención al Derechohabiente (SAD) perteneciente a la Dirección Estratégica de Información, Supervisión y Evaluación (DEISE), en el Instituto se promueve una cultura de prevención, atención y denuncia para erradicar la violencia de género, por lo que, de enero a septiembre de 2023, se llevó a cabo capacitación y sensibilización a personas trabajadoras y derechohabiencia, como a continuación se señala[6]:

Intervención/ Asesorías[7]

Mujeres Hombres Otros Total
Intervención de la Figura Ombudsperson[8] del ISSSTE 0 0 3 3
Asesoría por HS 13 0 0 13
Asesoría por AS 24 3 0 27

Finalmente, en el marco de los “16 días de activismo contra la violencia de género”, campaña anual que inicia el 25 de noviembre Día internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer y concluye el 10 de diciembre Día internacional de los Derechos, se motiva a todas las personas trabajadoras a que conozcan las diversas Vías de Atención a los casos de hostigamiento sexual y acoso sexual con las que cuenta el Instituto, para fortalecer una cultura de denuncia y obtener espacios libres de violencia.

/cms/uploads/image/file/847222/Imagen6.png

 

AUTORÍA:

Areli Díaz Yams

REFERENCIAS:

[1] Los delitos contra las mujeres se conforman por delitos de los cuales la mayoría de los casos se presentan en mujeres. Incluye los delitos de feminicidio, abuso sexual, acoso sexual, hostigamiento sexual, violación/violación equiparada, estupro, trata de personas y violencia de género en todas sus modalidades.

[2] Informe Anual 2021 de las Denuncias de Hostigamiento Sexual y de Acoso Sexual en la Administración Pública Federal.

[3] ídem

[4] Ídem

[5] Comunicado 131. https://www.gob.mx/sfp/prensa/ante-el-presidente-andres-manuel-lopez-obrador-la-secretaria-irma-erendira-sandoval-expone-medidas-para-frenar-acoso-sexual-en-apf-227899?idiom=es-MX

[6] Jefatura de Servicios de Derechos Humanos y Participación Social. Resultado de capacitaciones, sensibilizaciones y atenciones a personas trabajadoras del ISSSTE.

[7] Información proporcionada por el Centro de Estudios y Apoyo para la Mujer (CEAM). Enero a octubre de 2023.

[8] Figura Ombudsperson. Persona mediadora y protectora de los derechos humanos del personal del Instituto.

[9] Directorio de Personas Consejeras. http://www.issste.gob.mx/images/downloads/derechohabientes/comigualdaynodisc/Directorio_Personas_Consejeras_ISSSTE.pdf