Nombre de la Modalidad

Jubilación, sin crédito hipotecario FOVISSSTE o con crédito liquidado.

Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:

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Quién puede realizar el trámite?

El Jubilado interesado o el representante legal

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?

  1. Identificación oficial vigente (Credencial para votar INE/IFE, Pasaporte o Cédula profesional) del jubilado. Original y Copia.
  2. Informe oficial de servicios prestados en la dependencia o Reporte oficial exclusivo para FOVISSSTE u Hoja Única de Servicios expedida por la o las Dependencias o Entidades Públicas en que trabajó, debiendo contener los diferentes sueldos y salarios asignados al trabajador, así como licencias con o sin sueldo que obtuvo a partir del 1° de septiembre de 1972 hasta la fecha en que causó baja. Original.
  3. Último talón de pago en servicio activo (solo en el caso de trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México y de la Secretaria de Educación Pública). Original y Copia.
  4. Estado de cuenta bancario, conteniendo la Clave Bancaria Estandarizada (CABLE) a 18 dígitos, cuya vigencia no exceda de 3 meses de antigüedad. Original y Copia.
  5. Concesión de pensión o jubilación expedida por el ISSSTE. Original y Copia.
  6. Clave Única del Registro de Población (CURP). Copia.

¿Qué pasos debo realizar para el trámite?
Presencial:

 Acude a las oficinas de los Departamentos de Vivienda del FOVISSSTE.
 
 Entrega documentos.
 
 Recibe una copia de solicitud que emite el sistema de devolución de depósitos del 5%.
 
 Verifica en el estado de cuenta bancario los depósitos de los recursos.
 

¿En cuánto tiempo obtengo una respuesta de resolución de este trámite?

 

30 días hábiles                

 

¿Cuál es el costo de este trámite?

 

Trámite gratuito.

¿Existe un contacto para la orientación o pedir informes?

Centro de Atención Telefónica del FOVISSSTE
Tel. 01 800 3684 783

¿Es necesario realizar una cita y en dónde?

No es necesario.

¿Qué pasaría si no realizo este trámite?

Los jubilados que no hubieran ejercido un crédito hipotecario FOVISSSTE o que lo hubieran liquidado, no podrían solicitar la devolución de los recursos correspondientes a los depósitos del 5% realizados durante el periodo de 1972 a 1992.