Para que puedas realizar tu trámite, debes considerar lo siguiente:
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Si la pensión fue otorgada con la Ley del ISSFAM de 1976 De enero a febrero de cada año deberán entregar al ISSFAM:
*Nota: Las pensionistas (mujeres) que radican en los estados de Nuevo León, Chiapas, Quintana Roo, Sonora y el Extranjero, se les solicita presentar los documentos en mayo, ya que los registros civiles de estos estados no tienen actualizados sus registros de matrimonio en los primeros meses del año. Si la pensión fue otorgada con la reforma de la Ley del ISSFAM de 2003
En el caso de las hijas e hijos mayores de edad capacitados, de forma adicional deberán anexar:
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La constancia de inexistencia de matrimonio puede ser solicitada de acuerdo a lo siguiente:
Es importante que la constancia corresponda al domicilio registrado ante este Instituto, en caso de haber cambiado de domicilio, deberá realizar su solicitud de corrección de datos personales y la constancia deberá ser tramitada en el registro civil del domicilio anterior, ya que el periodo que se debe acreditar corresponde al año anterior. El escrito bajo protesta de decir verdad:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/882057/Nvo_ESCRITO_BAJO_PROTESTA_LEY_1976.pdf
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/882056/Nvo_ESCRITO_BAJO_PROTESTA_LEY_2003.pdf
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/882055/Nvo_ESCRITO_BAJO_PROTESTA_LEY_2003_Hijos.pdf
Los formatos deberán ser requisitados de puño y letra por el o la pensionista, conteniendo nombre completo, datos personales y firma, para el caso de las y los pensionistas que tenga representante legal, este documento deberá ser firmado por dicho representante.
de tener algún inconveniente relacionado al acceso y/o descarga del citado documento, podrá solicitar el formato a la siguiente dirección electrónica: vigenciadederechos@issfam.gob.mx
Certificado Parcial o Constancia de estudios, documentos expedidos por planteles educativos con reconocimiento de validez oficial, que incluya inicio y término del periodo escolar, periodo vacacional, RVOE, nivel educativo que se encuentra cursando (grado, semestre, cuatrimestre o trimestre) o bien créditos de que consta el nivel escolar y créditos cursados, así como en caso de repetir un periodo escolar, cambiar de carrera o institución educativa, el pensionista deberá adjuntar su historial académico. No serán válidas las constancias de estudios de cursos técnicos (computación, talleres u oficios, cursos de CENEVAL o preparatoria abierta e inglés). Los documentos deberán ser presentados en original, impreso en hoja membretada, con sello y firma de la institución, fecha de expedición del año en curso, matrícula, así como el nombre completo del pensionista, sin tachaduras ni enmendaduras. La constancia de estudios deberá ser renovada cada inicio del periodo escolar, hasta cumplir los 25 años de edad. (No son válidos cursos, diplomados, examen para acreditar CENEVAL, talleres u oficios, así como bachillerato en sistema abierto). En caso de estar en proceso de titulación, únicamente será válido como constancia el seminario o curso de titulación impartido en la misma Institución educativa y que lo indique la constancia (el proceso de tesis no será válido), asimismo, el servicio social y/o prácticas profesionales se considerará para acreditar la vigencia de derechos, para esto deben presentar carta de presentación y de aceptación por parte de la dependencia o institución donde lo realizaran, debiendo indicar el periodo de inicio y término. Se deberá verificar que los documentos enviados a este Instituto contengan los datos completos y correctos, y que su remisión sea en tiempo y forma para mantener vigentes sus derechos. ¿Qué debo hacer para consultar el estatus de mi vigencia de derechos?
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Departamento de Vigencia de Derechos
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¿Es necesario realizar una cita y en dónde?
¿Si radico en el extranjero cómo puedo solicitar mi constancia de inexistencia de matrimonio? |
Este Instituto, tiene la obligación de proteger los datos personales bajo nuestra custodia de conformidad a lo establecido en la Ley General de Protección de Datos Personales en posesión de sujetos obligados publicada en el D.O.F. el 26 de enero de 2017, motivo por el cual se encuentra imposibilitado de proporcionar información sobre terceros, salvo que esa persona de forma expresa (por escrito) autorice que otra persona los pueda consultar. |
Los trámites y servicios de este Instituto se otorgan de conformidad a lo establecido a su normatividad, asimismo, queda prohibido cualquier forma de discriminación por: origen étnico o nacional, la raza, el color de la piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, preferencias sexuales, estado civil, apariencia física, las características genéticas, condición migratoria, la lengua o cualquier otro motivo. |