¿Qué es?
¿Ya determinaste tu prima en el seguro de riesgos de trabajo? Es responsabilidad de las empresas registradas en el IMSS, revisar su siniestralidad en el mes de febrero de cada año, con el propósito de determinar si su prima aumentó, disminuyó o permaneció igual.

¿Quién lo puede realizar?
Interesado, patrón, sujeto obligado o personal autorizado o representante legal de la empresa.

¿Dónde puedo realizar este trámite?
En línea: Realiza el trámite en línea aquí, las 24 horas del día, durante el mes de febrero.
Presencial: En la Subdelegación que corresponda al domicilio fiscal o del centro de trabajo de la empresa, de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas.

¿Se puede realizar en línea?
Si, ingresando a la página de IDSE para ello debes tener a la mano tu Firma Electrónica Avanzada FIEL o tu Firma Digital NPIE y el Archivo de la Determinación en el SUA (Archivo .DAP)

¿Cuál es el costo de este trámite?
Trámite gratuito

¿Qué documentos necesito y cuáles deben ser sus características?
Presencial

En línea:

  • Firma Electrónica Avanzada FIEL o tu Firma Digital NPIE, para realizar el trámite en línea a través de la página de IDSE
  • Archivo de la Determinación en el SUA (Archivo .DAP)

¿Es necesario llenar algún formato?
Si,

  • Formato "Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad",  CLEM-22 y
  • Formato "Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados", CLEM-22 A

¿Qué información necesito conocer antes de realizar este trámite?
Requisitos

  • Aquellos patrones que tuvieron trabajadores a su cargo y no cambiaron de actividad económica del  1° de enero al 31 de diciembre de ese año, deberán presentarla si al calcular su prima, resulta un monto diferente a la del año anterior.
  • No deben presentarla, los patrones que se encuentran dentro de la prima mínima (0.50000) y que sus trabajadores no hayan tenido accidentes o enfermedades de trabajo durante el año en que se revisa la siniestralidad.

Vigencia

  • La vigencia del trámite es de un año (desde el primero de marzo del año en que se presenta la declaración hasta el día último de febrero del año subsecuente).

Información adicional

  1. El periodo de presentación del trámite es durante el mes de febrero de cada año.
  2. El formato “Relación de Casos de Riesgos de Trabajo Terminados (CLEM-22 A) se anexará a la Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo derivada de la Revisión Anual de la Siniestralidad (CLEM-22), cuando la empresa haya registrado siniestralidad (riesgos de trabajo terminados), durante el año inmediato anterior al de la fecha de su presentación, del 1 de enero al 31 de diciembre.
  3. Las empresas de menos de 10 trabajadores, podrán optar por presentar la determinación anual de la prima en el seguro de riesgos de trabajo o cubrir la prima media que les corresponda (artículo 72 de la Ley del Seguro Social).
  4. El Instituto verificará la información proporcionada por los patrones contra sus registros, y si determina que la prima manifestada no es congruente con la obtenida por el propio Instituto, hará la rectificación correspondiente conforme a lo previsto en el artículo 33 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, la cual surtirá efectos desde el primero de marzo del año siguiente a aquel en que concluyó el periodo computado y hasta el último día de febrero del año subsecuente, debiendo ser notificada al patrón.

  5. Se eximirá a los patrones de la obligación de presentar la determinación de la prima cuando al determinar su prima ésta resulte igual a la del ejercicio anterior.

 

Fundamento jurídico

Fundamento jurídico que da origen al trámite
Ámbito del ordenamiento: Federal.
Tipo de ordenamiento: LEY.
Nombre del ordenamiento: Ley del Seguro Social.
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 21-12-1995.
Fecha de entrada en vigor: 01-07-1997.
Artículo: 74

Ámbito del ordenamiento: Federal.
Tipo de ordenamiento: REGLAMENTO.
Nombre del ordenamiento: Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización.
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 01-11-2002.
Fecha de entrada en vigor: 02-11-2002.
Artículo: 32
Fracción: V

Fundamentos jurídicos de los canales de atención
Ámbito del ordenamiento: Federal
Tipo de ordenamiento: ACUERDO
Nombre del ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 22-08-2013.
Fecha de entrada en vigor: 23-08-2013.

Fundamentos jurídicos del plazo máximo
Ámbito del ordenamiento: Federal.
Tipo de ordenamiento: ACUERDO.
Nombre del ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 22-08-2013.
Fecha de entrada en vigor: 23-08-2013.

Fundamentos jurídicos del tipo de resolución
Ámbito del ordenamiento: Federal.
Tipo de ordenamiento: ACUERDO.
Nombre del ordenamiento: ACUERDO ACDO.SA1.HCT.230713/202.P.DIR y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria celebrada el 23 de julio de 2013, por el que se autoriza la simplificación y desregulación de trámites que la Dirección de Incorporación y Recaudación tiene registrados ante la Comisión Federal de Mejora Regulatoria.
Fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación: 22-08-2013.
Fecha de entrada en vigor: 23-08-2013.