Se aplica a todas las figuras de propiedad industrial, es decir, a las invenciones, diseños industriales, modelos de utilidad, las marcas de fábrica o de comercio, los nombres comerciales, las indicaciones de procedencia e incluye disposiciones relativas a la competencia desleal.

México refleja en su legislación nacional todas las disposiciones del Convenio de París, protegiendo todas las figuras de propiedad industrial y observando los principios a que dicho Convenio hace referencia.

El IMPI en cumplimiento a las obligaciones derivadas del Convenio da seguimiento, entre otras, a las disposiciones del artículo 6ter sobre la protección de emblemas de Estado, siglas, punzones oficiales de Estado y de organismos internacionales, otorgando o negando protección al emblema en cuestión.

La Asamblea de la Unión de París se reúne anualmente y el IMPI participa activamente. En dichas reuniones se anuncia la adhesión de nuevos países, se aceptan Estados u otras organizaciones en calidad de observadores o se nombran cargos de presidente o vicepresidente de la Asamblea. Asimismo se tratan cuestiones sobre el mantenimiento y desarrollo de la Unión y la aplicación del Convenio de París y en su caso, cuestiones sobre análisis y adopción de propuestas de modificación.