5.1 Altas del Sistema APF
En caso de ser necesario y conforme a los alcances de las presentes Disposiciones, los Funcionarios Enlace podrán dar de alta en el Sistema APF, inmuebles, flotas vehiculares o instalaciones industriales, mediante el formato específico. 
Los rubros de las DyE registrados en el Sistema APF en años anteriores, se encuentran exentos de esta actividad.
5.2 Bajas del Sistema APF
En caso de ser necesario y con base en los alcances de las presentes Disposiciones, los Funcionarios Enlace podrán solicitar las bajas en el Sistema APF, de sus inmuebles, flotas vehiculares o instalaciones industriales, mediante el envío de un correo electrónico a la Comisión (programa.apf@conuee.gob.mx), en donde indicarán los motivos de la solicitud de baja. La Comisión, evaluará la solicitud e informará, a través del mismo medio, sobre la resolución.
5.3 Actualizaciones en el Sistema APF
El Funcionario Enlace deberá coordinar la actualización en el Sistema APF de la información de sus inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales participantes en el Programa, en un plazo de 20 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las presentes Disposiciones. Después del vencimiento de este primer plazo, esta actividad deberá realizarse cuando se presente un cambio en la información previamente cargada en el Sistema APF.