La operación ejecutiva del Programa estará a cargo de la Comisión, con el apoyo del Grupo de Trabajo.
4.1 La Comisión tendrá las siguientes funciones:

  • Asignar clave y contraseña de acceso al Sistema APF, en el caso de nuevos participantes en el Programa.
  • Integrar y calcular los resultados para cada Rubro participante, a partir de la información registrada en el Sistema APF.
  • Convocar al Grupo de Trabajo por lo menos dos veces al año, para que se le informe sobre el avance del Programa.
  • Preparar y enviar a las DyE y a los OIC respectivos, información relevante sobre las obligaciones, avances y resultados del Programa.
  • Promover y concertar la implementación de SGEn en las DyE inscritas al Programa.
  • Emitir los criterios y convocar a un grupo evaluador para la entrega de reconocimientos a los Rubros participantes que hayan demostrado un notable desempeño en la implementación de acciones de eficiencia energética.
  • Enviar los resultados del cumplimiento de la meta de ahorro establecida a cada Comité, a más tardar el 28 de febrero de 2018.
  • En su caso:
    • Proporcionar la interpretación de las presentes Disposiciones, cuando existan dudas por parte de las DyE.
    • Determinar los Rubros participantes que las DyE deberán incluir en el Programa.
    • Participar en reuniones de trabajo con diversas Secretarías y organismos, con el propósito de impulsar el cumplimiento del Programa.
    • Participar en las reuniones de los Comités de las DyE que determine necesarias.
    • Preparar y enviar reportes a los Comités de las DyE, que presenten incumplimiento en sus actividades obligatorias y tendencia al incumplimiento de la meta anual de ahorro de energía, para que tomen las medidas correctivas necesarias.
    • Realizar las revisiones que la propia Comisión considere necesarias de la información registrada en el Sistema APF.

El Grupo de Trabajo
a) Integración
El Grupo de Trabajo será presidido por el Director General de la Comisión y estará integrado por representantes de las Secretarías de: Economía, Energía, Función Pública, y Hacienda y Crédito Público; con nivel jerárquico mínimo de Director General Adjunto o equivalente quien, en su caso, podrá designar al servidor público subalterno que lo represente.
b) Funciones

  • Supervisar las actividades del Programa, evaluar sus resultados y proponer mejoras al mismo.
  • Apoyar en la interpretación de las presentes Disposiciones, cuando la Comisión se lo solicite, en caso de existir duda sobre su aplicación.
  • Establecer para las DyE inscritas al Programa, con la participación de la Secretaría de la Función Pública en el ámbito de su competencia, las medidas conducentes para la correcta aplicación de las Disposiciones.

4.3 El Comité
a)
Actualización del Comité
Las DyE que ya cuenten con su Comité deberán actualizar con su clave y contraseña, los datos existentes en el Sistema APF, a más tardar 20 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las presentes Disposiciones. Después del vencimiento de este primer plazo, esta actividad deberá realizarse cuando se presente un cambio en la información previamente cargada en el Sistema APF.
En caso de que las DyE sean de nueva creación o se incorporen al Programa por primera vez, deberán solicitar su clave y contraseña, para integrar su Comité, de acuerdo a los criterios publicados por la Comisión en su página de Internet.
En cualquiera de los casos anteriores, ningún funcionario público podrá ostentar más de un cargo dentro de la estructura del Comité.
b) Funciones

  • Aprobar el calendario de sesiones del propio Comité, considerando que se deberán realizar al menos dos sesiones al año.
  • Informar a la Comisión sobre el calendario de las sesiones del Comité, a más tardar 20 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las presentes Disposiciones, a través del correo electrónico programa.apf@conuee.gob.mx.
  • Enviar a la Comisión, en un plazo de 10 días hábiles, cuando se realicen las sesiones de Comité, la lista de asistencia y la minuta respectiva signada por los asistentes, en formato de documento portátil (PDF).
  • Coordinar la elaboración y carga en el Sistema APF de los PAT por cada inmueble, flota vehicular e instalación industrial participante en el Programa.
  • Facilitar la implementación de las medidas de eficiencia energética necesarias para reducir el consumo de energía eléctrica, térmica y de combustibles de los rubros participantes.
  • Establecer un sistema de seguimiento, evaluación y control para el cumplimiento de las metas anuales de ahorro de energía.
  • Coordinar, evaluar y dar seguimiento a las propuestas, acciones y proyectos de eficiencia energética en cada rubro participante.
  • Designar al Funcionario Enlace (antes Funcionario Representante), a más tardar 20 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las presentes Disposiciones.
  • Designar a los Funcionarios Operadores por cada inmueble, flota vehicular e instalación industrial participante en el Programa, a más tardar 20 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de las presentes Disposiciones. Cabe señalar que ningún Funcionario Operador podrá estar nombrado en más de un rubro participante.
  • Coordinar el cumplimiento de las metas anuales de ahorro de energía, de capacitación y de las distintas obligaciones contenidas en las presentes Disposiciones.
  • En su caso:
    • Justificar ante la Comisión el incumplimiento de alguna meta u obligación contemplada en el Programa, a más tardar el 28 de marzo de 2018.
    • Coordinar y apoyar el desarrollo e implementación de los SGEn en cada rubro participante.
    • Las demás que se consideren necesarias.